DELEGADOS/AS DE MANZANA
¿Cómo son elegidos/as?
Serán electos/as por voto secreto, directo y uninominal. Se elegirá a razón de un/a Delegado/a por manzana, cuando ésta no supere las (300) trescientas personas empadronadas, incrementándose en un (un/a) delegado/a si la población empadronada es superior a dicho número. La cantidad de Delegados/as que se elijan por manzana para integrar el Cuerpo de Delegados/as será determinada por la Autoridad Electoral en virtud del último Padrón Electoral vigente.
¿Cuánto dura su mandato?
El mandato de los/as Delegados/as de Manzana durará dos (2) años.
¿Qué requisitos se necesitan para ser Delegados/as de Manzana?
Podrán ser candidatos/as a Delegados/as de Manzana quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- a) Encontrarse inscripto/a en el Padrón electoral correspondiente a la Manzana por la que se postula.
- b) Ser mayor de dieciocho (18) años.
- c) Poseer DNI (Documentación de la República Argentina).
- d) Acreditar residencia en el Barrio Padre Carlos Mugica en forma ininterrumpida y no menor a dos (2) años inmediatos anteriores a la elección.
- e) Presentar, como mínimo, el aval de 50 vecinos/as empadronados/as de la manzana Se exceptúa a los/as candidatos/as de aquellas manzanas que registren una cantidad inferior a 50 electores/as. Dicho requisito se tendrá por satisfecho con la presentación del aval a la candidatura de por lo menos el 20% del total de personas empadronadas en la manzana.
- f) Presentar Declaración Jurada de Bienes.
Será requisito, una vez realizadas las elecciones, para asumir el cargo de Delegado/a de Manzana:
1) Presentar Certificado de Antecedentes Penales.
2) Acreditar asistencia a los cursos de Formación Ciudadana y Democrática y de medios Alternativos de Resolución de Conflictos Vecinales que dictará a tal fin la Autoridad Electoral.
3) Firmar un acta de compromiso en donde figuren las funciones que asume el/la delegado/a, incluidas en el artículo 8° del presente Reglamento.
IMPORTANTE: Habiendo cumplido con los requisitos se hará entrega de una credencial a cada una de las autoridades electas expedido por el Tribunal interviniente.
¿Quiénes no pueden ser Delegados/as de Manzana?
1) Ostenten cargos de funcionario/a público/a sea o no electivo.
2) Sean integrantes de las Fuerzas de Seguridad, en actividad.
3) Hayan sido condenados/as por delitos de lesa humanidad y/o contra la integridad sexual.
¿Cuáles son sus funciones?
Son funciones de los/as Delegados/as de Manzana:
- a) Informarse y procurar el acercamiento de los/as vecinos/as a las autoridades y actividades propias de la Comuna a la que pertenecen.
- b) Mantener reuniones periódicas con los/as vecinos/as de su Manzana a los fines de registrar las demandas y necesidades sociales en su ámbito territorial y promover la participación activa en la formulación y ejecución de proyectos comunitarios.
- c) Generar normas de convivencia para propiciar la buena vecindad en el barrio, el respeto a los espacios comunes y públicos, así como su adecuado mantenimiento.
- d) Asistir a todas las reuniones convocadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y participar en el proceso de formalización de su manzana, así como en todos los temas referidos a la reurbanización del barrio previstos en la ley N°6.129.
- e) Dar aviso de forma prioritaria al GCBA ante situaciones de emergencias relacionadas con su manzana.
- f) Promover acciones de promoción, asistencia y asesoramiento a entidades vecinales no gubernamentales, sociedades de fomento, asociaciones cooperadoras, de consumidores y usuarios, clubes barriales y otras asociaciones civiles sin fines de lucro que actúen en el ámbito de la Comuna.
- g) Promover y estimular buenas prácticas concernientes a las áreas de educación, salud y desarrollo económico, en articulación con el GCBA.
¿Pueden ser removidos/as de sus cargos?
Sí. El mal desempeño de las funciones mencionadas más arriba, será causal de revocación del mandato.
¿Cómo es el proceso de revocación?
Podrá solicitarse la revocación del mandato de un/a Delegado/a de Manzana mediante la presentación de un escrito ante la Junta de Sector correspondiente, suscripto por al menos el 40% de los/as vecinos/as empadronados/as en la Manzana correspondiente. Verificado el número y la autenticidad de las firmas presentadas, la Junta de Sector deberá someter el pedido a votación y, en caso de que obtenga más de dos tercios de votos afirmativos del total de los integrantes de la Junta, ésta remitirá la petición a la Autoridad Electoral a fin de que decida al respecto.