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El Trabajo Forzoso y la Trata de Personas con fines de Explotación Laboral: un estudio de aproximación a la situación de talleres textiles clandestinos en la Ciudad de Buenos Aires

El Trabajo Forzoso y la Trata de Personas con fines de Explotación Laboral: un estudio de aproximación a la situación de talleres textiles clandestinos en la Ciudad de Buenos Aires

El trabajo forzoso y la trata de personas con fines de explotación laboral representan graves violaciones que afectan a los derechos humanos y menoscaban la libertad y la dignidad de sus víctimas. Ambos se caracterizan por el sometimiento o sujeción de una persona por otra con el objetivo de explotarla para la obtención de mayores ganancias.

Su faceta más visible está constituida por las condiciones de trabajo extremamente precarias e indignas que les son impuestas a los trabajadores bajo diferentes formas de coacción y en virtud de su situación de vulnerabilidad.

El elemento central que compone el concepto de esclavitud es la existencia de la sujeción total de una persona a otra, con la despersonalización absoluta del sometido.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el trabajo forzoso y la trata de personas con fines de explotación laboral se hacen presentes en el modo de producción
de la industria de la confección de indumentaria. En ese segmento, esa forma de explotación ocurre de forma generalizada en una entramada y compleja dinámica
que se organiza alrededor de los talleres textiles clandestinos.

Estos talleres desarrollan sus actividades en la más absoluta ilegalidad y clandestinidad, y someten a sus trabajadores a relaciones de servidumbre y explotación análogas a la esclavitud.

Sin embargo, la ilegalidad en la que se desarrolla el proceso de producción en estos eslabones de la cadena no ubica a estos emprendimientos al margen de las reglas del mercado. Muy por el contrario, la subordinación, sobre–explotación e incluso, el carácter delictivo que asume la relación laboral en los talleres textiles brinda inmejorables ventajas competitivas e ingentes ganancias a las empresas al permitirles reducir costos y riesgos a partir de desentenderse de los derechos y obligaciones presentes en toda relación de trabajo.

Si bien la Ciudad no dispone de números o estadísticas oficiales –lo que resulta de hecho una de las debilidades que presenta la política pública en la materia- diversas fuentes privadas dan cuenta de que sólo en la jurisdicción el número de talleres clandestinos supera los 3000. Este entramado delictivo fue puesto en evidencia con el incendio -en el año 2006- del taller textil clandestino de la calle Luis Viale, en Caballito, en el que trabajaban y vivían alrededor de 64 personas, de las cuales 38 eran niños que solían permanecer encerrados para no entorpecer la producción. Las condiciones de hacinamiento, precariedad y ausencia total de condiciones de seguridad que presentaba el taller fueron sin duda algunas de las causas que explican el siniestro que se cobró la vida de una joven mujer embarazada, un adolescente y 4 niños. En el 2015, se produjo otro siniestro gravísimo, en un taller textil que funcionaba en un inmueble de la calle Páez, en el barrio de Flores y en el que fallecieron dos niños –Rolando y Rodrigo, de 7 y 10 años de edad.

Es por ello que desde el CDH se decidió abordar como primer informe de trabajo, el derecho a no ser sometido a trabajo forzoso o a trata de persona con fines de explotación laboral. El objeto del estudio fue efectuar una aproximación a las formas modernas de esclavitud que se verifican en los talleres textiles clandestinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al modo en que los diferentes niveles de gobierno intervienen para cohibir estas prácticas delictivas y proteger los derechos de sus víctimas.

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