La accesibilidad es una condición previa para que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente y en igualdad en la sociedad.
En esos términos, implica el acceso al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, tanto en locales comerciales, puestos de trabajo, vivienda, centros de salud, establecimientos educativos, transporte público, centros culturales, programas de televisión, espectáculos, entre otros espacios.
La Ley Nacional 26.378, promulgada en el año 2008, incorpora a la Legislación Argentina lo establecido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. De esta forma, reafirma que todas las personas con discapacidad deben gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales desde una dimensión de desarrollo social explícita. Entre ellos, la accesibilidad constituye un principio fundamental.
Si el edificio en el que vivís, tu plaza cercana, cualquier establecimiento público o privado al que concurrís con frecuencia o la estación donde te tomas el subte, no son accesibles, hace tu denuncia en la Defensoría del Pueblo.
Atención presencial:
Centro de Contacto (llamadas y WhatsApp):