Es el conjunto de medidas, normativas y acciones destinadas a asegurar que las personas puedan participar plena y efectivamente del proceso electoral en igualdad de condiciones.
a. Prioridad de voto
Se aplica para electores con algún tipo de limitación o discapacidad, adultos/as mayores y para las personas gestantes y/o con niños/as.
b. Cuarto Oscuro Accesible (COA)
Debe estar presente en cada establecimiento de votación y está destinado para las personas comprendidas en Prioridad de voto.
● Se ubica en un lugar de fácil acceso y cercano al ingreso del establecimiento.
● Se encuentra señalizado para que pueda ser fácilmente identificado.
● Puede ser exclusivo o tratarse de un cuarto oscuro común.
c. Voto asistido
Los/as electores/as con algún tipo de limitación o discapacidad pueden ser asistidos/as por la autoridad de mesa o de una persona de su confianza para votar.
d. Perro guia
Un/a elector puede ingresar al establecimiento y acceder al cuarto oscuro, acompañado/a por un perro guía o de asistencia.
e. Asistencia para la firma del padrón
Si un/a elector/a tiene dificultades para firmar del padrón, la autoridad de mesa cuenta con una Plantilla Guía para facilitar el procedimiento.
f. Establecimientos accesibles (rampas, MAE, baños)
Los lugares de votación con barreras de ingreso (como escalones) deben tener rampas y medios alternativos de elevación para ingresar y baños habilitados para personas con discapacidad.