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Venta en la vía pública: Propuestas de la Defensoría

La Defensoría elaboró un documento de trabajo en el que formula una serie de propuestas para implementar políticas públicas orientadas a reordenar el espacio público, regular el comercio callejero y garantizar el acceso a los derechos fundamentales del conjunto de la ciudadanía.

Elaborado a partir de una mesa de trabajo convocada por el Consejo de Planificación y Pensamiento Crítico de la institución, el documento plantea que la venta ambulante y otras actividades desarrolladas en el espacio público que permiten al individuo satisfacer sus necesidades básicas indispensables se rigen por el principio de libertad que constitucionalmente alcanza a todos los habitantes (artículo 19 de la Constitución Nacional) de modo que, siendo la libertad el principio rector, las regulaciones estatales en la materia deberían ser las mínimas que permitan la preservación de estos espacios comunes.
Estas actividades no deben caracterizárselas exclusivamente como violadoras de un código contravencional y/o de faltas fuera de toda consideración de su situación de conjunto, como tampoco sería procedente un ejercicio similar con la gran cantidad de comerciantes que a ojos vista, incumplen en sus locales la normativa relativa a habilitaciones, seguridad, trabajo registrado, marcas y otras, tal cual la propia acción de esta Defensoría ha podido comprobar, coincidentemente, en el curso de sus intervenciones con motivo de reclamos de dichos comerciantes frente a la venta callejera, y en el contexto de otras actuaciones.
Los obstáculos a las personas dedicadas al trabajo en los espacios públicos alcanzan su máxima expresión en el hecho de que el sistema contravencional y penal capta y persigue estas actividades, reforzando la lógica de la exclusión, y como consecuencia quien se ve a sí mismo como un comerciante o un artista pasa a ser considerado por el Estado como infractor a la ley. Tal estigmatización elude la toma de conciencia sobre el contexto de injusticia social y económica que ineludiblemente deriva hacia el tratamiento penal de la pobreza.
Suponer que un conjunto de actividades que encuentra su razón de ser en lógicas económicas, sociales y culturales que excluyen a amplios sectores de la población del acceso a un “trabajo regular” puede ser limitado recurriendo a la utilización del aparato contravencional o penal no sólo es ilusorio sino contraproducente.
Es en este marco en el cual la labor policial y el accionar de funcionarios del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, además de ser estratégicamente ineficaz, se torna selectivo, arbitrario y violatorio de los derechos humanos que debiera proteger.
La pretendida solución a partir de la utilización del aparato represivo y el recurso al código contravencional frente al fenómeno en cuestión no resulta una solución real, toda vez que no ataca sus causas, por lo que las personas que se dedican a este tipo de trabajo, que en su amplia mayoría lo hacen por necesidad, pese al labrado de una contravención y el posible hostigamiento por parte de los agentes públicos y fuerzas de seguridad, no lo pueden abandonar hasta tanto no consigan una alternativa mejor.
Por lo tanto, la prohibición legal vigente es mucho más un agravante de la situación existente que un camino para la reducción de la tensión conflictiva o para la superación del problema desde su raíz, por lo que es deseable que sea revertida en cuanto se produzcan las circunstancias que lo posibiliten. En el actual contexto socioeconómico, la negación y la prohibición sólo expresan la impotencia y la ilusión de hacer desaparecer por arte de magia lo “desagradable” como única estrategia de gestión.
Los problemas que surgen en el espacio público no deben resolverse con represión ni con conductas de dudosa legalidad, sino en el marco del Estado de derecho. Si la cuestión es la venta en el escenario público, sean manteros, manualistas o revendedores, el eje de análisis es el trabajo informal y la necesidad de ganarse la vida. Las personas afectadas por carencia de trabajo constituyen la cuestión principal, y el espacio afectado, la secundaria.
Por su parte el arte callejero, la actividad de músicos o artistas plásticos, estatuas vivientes, artesanos como así también vendedores callejeros son una modalidad informal legítima y honesta de ganarse la vida, forman parte de las atracciones turísticas de una ciudad cosmopolita y debieran estar protegidos como trabajadores o como artistas en el espacio público.
Por todo ello, la Defensoría realizó las siguientes propuestas de trabajo:

  • Promover la sanción de un régimen legal de regulación y autorización de las actividades de venta en la vía pública hoy prohibidas, de modo similar a lo que se ha realizado con las ya autorizadas.
  • Continuar a través de la intervención de la Dirección de Seguridad Ciudadana y Violencia Institucional la tarea de defensa de los derechos de los trabajadores en vía pública en el caso de acciones irregulares por parte de funcionarios de Gobierno de la Ciudad y fuerzas de seguridad y principalmente ante situaciones de violencia institucional en este contexto.
  • Promover la posición de la Defensoría a través de la participación en las correspondientes comisiones de la Legislatura.
  • Recomendar que la intervención pública se dirija reordenar el espacio público a fin de brindar la posibilidad a la ciudadanía a realizar este tipo de actividades en lugares propicios para ello.
  • En este sentido, se puede evaluar y presentar al ejecutivo una propuesta de reordenamiento urbano que tenga como objetivo promover una regulación global y amplia de la problemática, acorde a los entornos urbanos en que se realiza, contemplando conjuntamente el ordenamiento de la circulación peatonal y vehícular, la transferencia de pasajeros y el estacionamiento del transporte público. Esta debe perseguir la organización y radicación del comercio callejero en espacios que no lo superpongan con el comercio tradicional y, al mismo tiempo, permitan la afluencia de clientes potenciales. Se trataría de la creación de centros a cielo abierto de comercio y otros servicios, incluyendo el esparcimiento y el transporte. La autorización de la reventa mencionada en el primer acápite debería articularse con la creación de estos nuevos espacios urbanos. Los mismos deben planearse en donde exista espacio y condiciones que lo permitan.
  • Impulsar la constitución de una Mesa de Trabajo Interinstitucional, integrada por especialistas, entidades no gubernamentales con interés en el tema, organizaciones representativas de comerciantes en vía pública, etc. En relación a ello existen antecedentes de propuestas de reordenamiento urbano, que se pueden evaluar, como aquellas denominaciones de “alfombra urbana”, “islas artesanales, comerciales o de variedades”.

Descargar el documento de trabajo completo aquí