Bandera Argentina
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Vacunación gratuita y obligatoria: un derecho y una responsabilidad

En la Semana Mundial de la Inmunización, la Defensoría del Pueblo comparte las opiniones de instituciones de referencia en la materia.

La Semana Mundial de la Inmunización —celebrada por la Organización Mundial de la Salud la última semana de abril— tiene por objetivo promover la vacunación para proteger contra las enfermedades a las personas de todas las edades.

Protegidos colectivamente: ¡las vacunas funcionan! es el lema que la OMS eligió para la celebración de este año, con el propósito de concientizar sobre la utilidad de las vacunas para la salud de la población y la importancia de una inmunización completa a lo largo de la vida.

Según la Organización Mundial de la Salud, “la inmunización salva millones de vidas y en todo el mundo se la reconoce ampliamente como una de las intervenciones de salud más costoeficaces y que da mejores resultados”.

En Argentina, existe un Calendario Nacional de Vacunación donde se indican las vacunas que son de aplicación obligatoria y gratuita. Las personas pueden concurrir a cualquier vacunatorio, centro de salud u hospital público para solicitarlas. Algunas vacunas se administran en la niñez, en la adolescencia y hasta en la edad adulta, aunque muchos desconocen esta última indicación. También, están aquellas para situaciones epidemiológicas particulares (p.e: la vacuna de la gripe). El Carnet de Vacunación es el registro individual de todas las vacunas que una persona ha recibido a lo largo de su vida.

En 2018 se aprobó la ley nacional 27.491 de vacunación que actualizó la anterior sancionada en 1983 (la ley 22.909). La flamante norma regula la implementación de una política pública de control de las enfermedades prevenibles por vacunación, entendiendo a ésta como una estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva. Considera a la vacunación como un bien social, sujeto a los siguientes principios:

-gratuidad: tanto de las vacunas como del acceso a los servicios de vacunación, con equidad social;
-obligatoriedad de aplicación: prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular;
-disponibilidad de vacunas y de servicios de vacunación; y
-cobertura de vacunación satisfactoria, en forma sostenida, para todas las etapas de la vida, con la participación de todos los sectores de salud y otros sectores.

Si bien existe suficiente evidencia científica sobre los beneficios, persisten voces que se oponen a la vacunación planteando dudas sobre su efectividad, su seguridad e instalando miedo en la sociedad. Como consecuencia, ha crecido la tendencia de personas que han decidido no vacunarse o no vacunar a sus hijos/as, y por lo tanto, el resultado actual es una disminución de la población con inmunidad completa.

El origen de la idea sobre un supuesto efecto nocivo de las vacunas surgió de la publicación, en una revista de divulgación científica, de un artículo que planteaba la relación directa entre la vacuna Triple Viral (sarampión, rubeola, paperas) y el autismo. La nota tomó estado público y fue difundida a través de medios y redes sociales. Sin embargo, no tuvo el mismo impacto en la comunicación el hecho de que el artículo fue refutado y desacreditado debido a la falta de evidencia científica  para sus argumentos, lo que impulsó a los editores de la revista a pedir las correspondientes disculpas a sus lectores.

Cabe mencionar que las vacunas son sometidas a pruebas rigurosas antes de ser aprobadas, y continúan siendo evaluadas mientras son comercializadas.

En nuestro país existe la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa), que garantiza la seguridad de los componentes inmunobiológicos utilizados para la fabricación de las vacunas, y para ello desarrolla un sistema de vigilancia donde se detectan “eventos supuestamente atribuidos a las vacunas e inmunizaciones” (ESAVI).

En el año 2015, la Academia Nacional de Medicina de Buenos Aires (ANM) emitió una declaración sobre vacunas. En ella remarcó la necesidad de una adecuada protección de la comunidad frente a las enfermedades infecciosas y la importancia de los beneficios de la vacunación por sobre aquellos efectos adversos que eventualmente pudieran ocurrir. También, señaló que las comunidades que disminuyeron su cobertura en vacunas obtuvieron como consecuencia el surgimiento de nuevos brotes de viejas enfermedades, debido a la pérdida de la “inmunidad de grupo”.

Actualmente, la OMS ha expresado el alerta por la cuadruplicación de los casos de sarampión en el mundo en los tres primeros meses de este año, en relación al mismo período del año anterior. Mientras tanto, en nuestro país ya fue confirmado el cuarto caso.

Comprender el siguiente punto tiene una relevancia central: cuando una población cumple con la vacunación que corresponde, se produce lo que se llama Efecto Rebaño o Inmunidad de Grupo, que es la protección que la misma tiene frente a una infección, gracias a la presencia de una elevada cantidad de individuos vacunados. Gracias a esa gran mayoría de personas inmunes, se genera un bloqueo de la transmisión de la enfermedad en la comunidad. Por otra parte,  aquellas personas que por contraindicación médica no pueden recibir ciertas vacunas y resultarían susceptibles de enfermar, gozan de la protección indirecta que significa para ellas el hecho de vivir en una población libre de esa infección.

Según la ANM, “uno de los mayores logros de la medicina fue el descubrimiento y la aplicación a la población de vacunas cada vez más eficaces que permitieron eliminar o disminuir significativamente la enfermedad y la muerte provocadas por innumerables microorganismos patógenos. A través de los años toda la evidencia científica existente demostró que los beneficios obtenidos sobrepasan con creces algunos efectos adversos de las vacunas. Con su aplicación a la población se logró erradicar la viruela del planeta y la poliomielitis en casi todos los países del mundo. Asimismo, se logró controlar otras enfermedades infecciosas tales como: difteria, tétanos, coqueluche, fiebre amarilla, parotiditis, sarampión, rabia, papiloma humano, rubeola, varicela, influenza, hepatitis A, hepatitis B entre otras, al disminuir significativamente la morbilidad y la mortalidad que estas enfermedades ocasionan”.

También en 2015 se firmó el “Consenso entre el Ministerio de Salud de la Nación, expertos e instituciones académicas de Ayurveda y Homeopatía en favor de las vacunas”. En él se señaló que la medicina ayurvédica, medicina tradicional reconocida por la Organización Mundial de la Salud, tiene una visión favorable de las vacunas, y que los principios de la homeopatía no se contraponen con la prevención de las enfermedades infecciosas por medio de la utilización de vacunas. Por lo tanto, no hay contraposición entre las terapéuticas complementarias y la prevención primaria a través de la utilización de vacunas

En 2017, la diputada Paula Urroz presentó un proyecto de ley que contemplaba la no obligatoriedad de las vacunas del calendario, permitiendo que la decisión de aplicar o no la vacuna fuera tomada por cada persona a ser vacunada o por los responsables de la vacunación de un menor de edad, luego de ser informados sobre sus efectos y contraindicaciones.

Muchas instituciones se pronunciaron al respecto.

La Fundación Huésped, la Sociedad Argentina de Inmunología y la Sociedad Argentina de Infectología emitieron un comunicado conjunto rechazando aquella propuesta de ley, expresando que “la vacunación, luego de la potabilización del agua, es el hito sanitario que más vidas ha salvado en el mundo a lo largo de la historia de la humanidad”. Y destacaron que una norma de esas características “significaría un retroceso en política sanitaria, con serias consecuencias potenciales para la salud de nuestra población y las futuras generaciones”.

La Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) ponderó a la vacunación como una herramienta fundamental en la prevención de enfermedades infectocontagiosas, y subrayó que se trata de un acto de solidaridad porque cuando un individuo se vacuna reduce el riesgo para quienes interactúan con él”; por el contrario, quien no recibe la vacunación correspondiente no sólo queda desprotegido sino que además pone en riesgo a sus semejantes.

Oportunamente, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad también expresó su disconformidad con el proyecto de ley, que finalmente no prosperó.

En la Semana Mundial de la Inmunización, es intención de la Defensoría recalcar que la vacunación es un derecho, pero también es una responsabilidad de todos/as. Los padres, madres, tutores/as, representantes legales o encargados/as de los niños, niñas, adolescentes o personas incapaces son responsables de la vacunación de quienes se encuentran a su cargo, según lo establece la ley. Es preciso recordar que se trata de sujetos de derechos y que conforme a la ley 26.061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes debe garantizárseles el acceso a la atención integral de su salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención, promoción, información, protección, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y recuperación de la salud.

Consultá el Calendario Nacional de Vacunación y las vacunas que corresponden a cada etapa de la vida aquí

Consultá los horarios de los vacunatorios de la Ciudad de Buenos Aires aquí.

Imagen: OPS/OMS Argentina