Asimismo los beneficiarios/as que se encuentran ausentes del país y que perciben sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado podrán presentar el certificado de supervivencia semestral hasta el 31 de diciembre de 2021.
Lo expuesto se encuentra regulado en la Resolución 130/2021 de la Anses publicada en el Boletín Oficial el 23/06/2021