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Teletrabajo: creación del registro y autoridad de aplicación

Mediante la Resolución 1530/2022 publicada en Boletín Oficial el 12 de octubre, se dispuso que la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social será la facultada para dictar las reglamentaciones complementarias y necesarias que requiera la operatividad de la Ley 27.555 que regula el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo.

Asimismo, en virtud de la Resolución 1921/2022 publicada en Boletín Oficial el 12 de octubre, se creó el Registro de Empresas que desarrollan la modalidad teletrabajo, delegándose en la Dirección Nacional de Nuevas Formas de Trabajo, dependiente de la Subsecretaria de Políticas de Inclusión en el Mundo Laboral de la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, las facultades de instrumentación, administración y control del Registro de Empresas que desarrollan la modalidad teletrabajo.

Se deberán registrar las empresas que desarrollen esta modalidad, acreditando el software o plataforma a utilizar e informando la nómina del personal que teletrabaje, debiendo comunicarlo ello ante cada alta producida o de manera mensual.