El mismo será liquidado, por titular, y alcanza a Jubilados y Pensionados, titulares de Puam, Pensiones No Contributivas por Vejez, Invalidez, Madres de 7 hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
Es importante aclarar que para aquellos beneficiarios que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones, perciban un monto equivalente de hasta $30.857,16, el subsidio extraordinario será de $1500 y para aquellos y aquellas titulares que perciban un importe superior, el subsidio será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $32.357,16.
En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos o estas son considerados o consideradas como un único o una única titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario.
El subsidio NO será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.