Bandera Argentina
parto respetado

Sobre el parto respetado y los derechos de las personas gestantes

A raíz de la reciente centralidad que ha tomado en los medios de comunicación el parto respetado, la Defensoría comparte información pertinente sobre la temática.

En nuestro país rige desde 2004 la ley 25929, conocida como Ley de Parto Respetado, que proporciona a la ciudadanía un marco jurídico de protección de derechos.
La normativa establece que toda persona gestante, en las instancias del embarazo, el trabajo de parto, el parto y el posparto, tiene derecho:

-A ser tratada con respeto, de modo individual y personalizado, y a que se le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial y con consideración a sus pautas culturales.

– Al parto natural y respetuoso del tiempo biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y el suministro injustificado de medicación.

-A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas posibles, de manera que pueda optar libremente entre las alternativas pertinentes a cada caso. En este sentido, la persona gestante puede elegir el lugar y la forma en la que va a transitar su trabajo de parto (deambulación, posición, analgesia o medicamentos) y la vía de nacimiento. Tanto el equipo de salud como la institución deben respetar tal decisión, en tanto no comprometa la salud de la persona gestante o el bebé.

-A ser considerada como persona sana (el embarazo no es una enfermedad ni debe ser tratada como tal), de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.

-A ser informada sobre la evolución de su parto, el estado del bebé y a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.

-A estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante todo el proceso, cualquiera sea la vía de parto (vaginal o cesárea).

-A tener a su lado al bebé durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales. El equipo de salud debe fomentar desde el momento mismo del nacimiento, independientemente de la vía del parto, el contacto del recién nacido con su madre, familiares directos y/o acompañantes que ella disponga.

-A ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.

-A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del bebé.

-A ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas tanto para sí como para el bebé.

Asimismo, resulta pertinente colaborar con la difusión de información proporcionada por el Ministerio de la Salud de la Nación respecto a la cesárea.

La cesárea es un procedimiento quirúrgico destinado a resolver problemas durante el proceso de nacimiento, que en los casos indicados resulta una intervención eficaz e irreemplazable. Fuera de dichos casos, supone riesgos.

Por otra parte, el bebé se prepara para el parto desde días antes al momento en que sucede naturalmente, y la cesárea electiva interrumpe o impide esa preparación.