Presentes en todas las comunas, los caniles prestan un servicio valorado por la ciudadanía y forman parte de una política pública plausible y en desarrollo y de una infraestructura urbana para uso de perros y sus tenedores. Por tal motivo, resulta necesario establecer con claridad cuáles son y a qué dependencias del gobierno porteño les cabe la responsabilidad sobre el funcionamiento de estas instalaciones.
La Coordinación Operativa de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la casa analizó las normas vigentes y concluyó que las competencias no se encuentran claramente establecidas. Como consecuencia de ello, cuando los vecinos presentan quejas o denuncias ante el GCBA, no siempre resulta evidente cuál es la dependencia competente en el asunto y los reclamos muchas veces no prosperan.
Por otra parte, vale aclarar que existe un manual oficial de caniles que presenta diversas incongruencias. Por ejemplo, no fija un criterio para calcular cuántos perros deberían compartir un canil al mismo tiempo, ni tiene en cuenta los diferentes tamaños de estos espacios, ni las características de los animales. Además, establece que los caniles deben estar ubicados en el interior de los espacios verdes, atento a la presencia de escuelas, hospitales o casas de retiro, con la finalidad de que mascotas, ruidos y olores se encuentren alejados del entramado urbano. Esta distinción excluye a los vecinos que habitan viviendas particulares y que también tienen derecho a un ambiente libre de ruidos u olores molestos.
Ante la necesidad de articular los derechos de los animales y los ciudadanos, el Defensor del Pueblo porteño Alejandro Amor recomendó por medio de la Resolución 105/21 a los diversos órganos vinculados con esta problemática que consoliden las competencias relativas al control y funcionamiento de los caniles en una sola dependencia, para beneficio de vecinos y mascotas. Asimismo, solicitó que se contemple la necesidad de actualizar el manual y que se implementen mejoras en el canil ubicado en Av. Cramer y Santos Dumond.