Bandera Argentina
Empleada-domesticas

Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria del Ministerio de Trabajo

La Resolución 344/2020 publicada en Boletín Oficial el 23 de abril dispuso habilitar el portal SECLO, para las presentaciones, solicitudes de turno de audiencia obligatoria y/o espontáneas, notificaciones, comunicaciones y cualquier otra actuación que se lleve a cabo ante dicho portal en el marco de cualquier actuación iniciada ante el servicio y el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Para su procedencia, se ha habilitado un correo electrónico específico mesadeentradas@trabajo.gob.ar, para que los administrados puedan efectuar sus presentaciones en forma virtual.

Se hace saber que el acto se llevará a cabo a través de videollamada y por medio de la aplicación que cada dependencia detalle, anexando los instructivos de su instalación y funcionamiento.

Las notificaciones se harán mediante correo electrónico a las casillas denunciadas por los particulares y en aquellos supuestos en los que no fuere viable, mediante mensaje a los teléfonos celulares denunciados por los administrados, a través de la aplicación WhatsApp. En el caso del trabajador reclamante, será obligatorio el carácter personal del número de celular denunciado.

En aquellos supuestos en los cuales ello no fuera viable, las notificaciones estarán a cargo del empleador y de la entidad sindical, en su caso, quienes deberán acreditarlo posteriormente en las actuaciones correspondientes.

En las notificaciones se consignaran el día y hora en la que se llevará a cabo, y su objeto; así como también el nombre y teléfono celular de contacto de cada participante a los fines de establecer tal comunicación.

Luego de efectuada la conciliación y en caso de arribarse a un acuerdo que implique obligación de pago, las partes deberán denunciar los respectivos números de cuenta a fin de que puedan cumplirse las mismas mediante la modalidad de transferencias bancarias.

Toda documental incorporada en las plataformas y otros medios electrónicos habilitados, tendrá el carácter de declaración jurada de validez y vigencia efectuada por las partes y sus letrados asistentes.

Es importante destacar que todos los acuerdos tendrán la misma validez que los celebrados en forma presencial.