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Se suspendió el cierre de cuentas por cheques sin fondos y se facilitan créditos a empleadores

Las medidas fueron tomadas por el Ejecutivo Nacional en previsión de los rechazos de cheques que se esperan durante los próximos días.

Debido a la situación de emergencia, el Gobierno Nacional dictó el Decreto 312/2020, que suspende en forma urgente el cierre e inhabilitación de cuentas (acorde al 1° articulo de la Ley N°25.730) y la aplicación de las multas allí contempladas con el objetivo de no perjudicar aún más la situación en el marco de la crisis sanitaria, garantizar la posibilidad de realizar y recibir pagos, y proteger al conjunto de la economía.

Con respecto al otorgamiento de créditos, el Decreto suspende transitoriamente la exigencia de que los bancos pidan a los empleadores una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o de que habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en el cumplimiento de la misma. Todo esto con la excepción de que el préstamo en cuestión sea solicitado para abonar precisamente aportes y/o contribuciones adeudadas.

Ambas medidas se extenderán hasta el 30 de abril, y cabe destacar que el Ejecutivo Nacional tiene la potestad de prorrogar los plazos detallados mientras subsista la situación de emergencia.