Bandera Argentina
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Se prorrogó la vigencia de las inscripciones otorgadas por el Registro de Electrodependientes

Mediante la Resolución 749/20, el Ministerio de Salud extendió por 180 días corridos la validez de los registros que debían ser renovados partir del 1 de marzo, con el fin de garantizar la protección de los derechos de las personas que acreditan dicha condición.

En los términos de la Ley 27.351, se denomina ELECTRODEPENDIENTE POR CUESTIONES DE SALUD a todos aquellos que requieren de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para alimentar el equipamiento médico prescripto por un profesional matriculado y que resulta necesario para evitar riesgos para su vida o salud.

Así, esta normativa garantiza la prestación eléctrica de forma permanente en el domicilio del titular del servicio y establece un régimen tarifario especial gratuito, mediante el cual se reconoce la totalidad de la facturación y la eximición del pago de los derechos de conexión.

Los usuarios electrodependientes son incorporados al Registro de Electrodependientes (RECS) por un período de uno o dos años, según disponga el Ministerio de Salud, y debe ser renovado por el usuario una vez cumplido tal plazo.

Por último, cabe recordar que el Decreto 311/20 ya había dispuesto la suspensión del corte de suministro de servicios esenciales (energía eléctrica, gas por redes, agua corriente, telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, vínculo radioeléctrico o satelital) por un plazo de 180 días, dado que se trata de prestaciones fundamentales para el desarrollo de la vida diaria, particularmente en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Entre los usuarios reconocidos por este decreto se encuentran las personas electrodependientes, entre otros.

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