Asimismo, los beneficiarios que se encuentran fuera del país y que perciben sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado podrán, en forma excepcional, presentar el certificado de supervivencia semestral ante la entidad bancaria hasta el próximo 31 de diciembre.
ACTUALIZACIÓN
La Administración Nacional de Seguridad Social, extendió el 11 de diciembre la suspensión del trámite de la supervivencia (fe de vida) hasta el 31 de marzo de 2021 por lo que no será necesario realizarlo para percibir las jubilaciones y pensiones en los meses de enero, febrero y marzo del 2021. Lo que implica que los beneficiarios no deberán concurrir a los bancos para llevar a cabo el trámite de supervivencia.
Se establece, también, que los beneficiarios y beneficiarias que se encuentran ausentes del país y que perciben sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado podrán -en forma excepcional- presentar el certificado de supervivencia semestral ante el “Banco Apoderado”, hasta el 31 de marzo de 2021.