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Se dispuso prorrogar la suspensión de la aplicación de movilidad

En virtud del Decreto 542/2020 publicado en Boletín Oficial el 18 de junio, se dispuso prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2020 la suspensión de la aplicación de la movilidad establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241, establecida en el artículo 55 de la Ley Nº 27.541.

Durante ese período, el Poder Ejecutivo determinará el incremento de los haberes previsionales correspondiente al régimen general de la Ley Nº 24.241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios y las beneficiarias de menores ingresos.

Asimismo, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la labor de la Comisión integrada por representantes del Ministerio de Economía, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y miembros de las comisiones del Congreso de la Nación competentes en la materia, la que fue mencionada en el tercer párrafo del artículo 55 y en el artículo 56 de la Ley Nº 27.541.