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Relanzamiento de los créditos a tasa cero para monotributistas

El DNU 512/21 relanza el Programa Créditos a Tasa Cero 2021 para monotributistas, que podrán solicitar un máximo de $150.000 (según categoría), con un periodo de gracia de 6 meses y un plazo de devolución de hasta 12 cuotas mensuales.

A través del DNU 512/2021 publicado el 13/8/21 en el Boletín Oficial de la República Argentina se oficializa el relanzamiento de los Créditos a Tasa Cero para monotributistas, que surgiera inicialmente a través del DNU 332/20. Este decreto creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) para empleadores/as y trabajadores/as, con el objetivo de reducir el impacto generado por la paralización de actividades dadas las restricciones impuestas al movimiento de personas, en todo el territorio nacional, por el advenimiento de la pandemia mundial por COVID 19.

Si bien, este año la economía argentina ha de crecer más del 7%, recuperando parte de la pérdida de PBI del pasado 2020 (-10%), se reconoce que la recuperación aún es parcial y heterogénea y que aún no se han recuperado los niveles de producción pre pandémicos.

Recordemos que el Decreto 606/14 creó el fondo fiduciario público “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR)”, cuya denominación fue sustituida por la de “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP)”, mediante la Ley de presupuesto del ejercicio 2018. El FONDEP demostró ser un “vehículo eficaz, transparente y esencial para el financiamiento de empresas”, y dentro de este fondo se encuentra el instrumento denominado bonificación de tasa de interés, destinado a subsidiar el interés por utilización de capital que corresponde abonar a los tomadores de créditos. De esta manera, se facilita el acceso al crédito a pequeños contribuyentes, en una economía que muestra una tasa interanual de inflación de poco más del 50%, según la última medición del INDEC del pasado mes de julio.

El primer artículo del DNU crea el Programa Crédito a Tasa Cero 2021, “con el objeto de asistir a trabajadores y trabajadoras adheridos al Régimen Simplificado para pequeños Contribuyentes (RS), con el fin de acompañar el proceso de recuperación productiva”.  Este programa consiste en la obtención de un crédito con subsidio del 100% del Costo Financiero Total (CFT).  Este hecho no es menor ya que el CFT de un préstamo personal en la banca pública, o privada, oscila entre el 54% y el 149,18% anual.  Según nuestro relevamiento de tasas de los préstamos personales, en el mes de julio, el CFT promedio de la banca pública fue de 65,77%, mientras que para la banca privada fue de 121,92% anual.  Los costos de financiamiento a través de las tarjetas de crédito se encuentran regulados por el BCRA, por lo que las tasas son menores (si se accede al financiamiento del saldo no pago de la tarjeta de crédito, pagando solo el mínimo mensual).  El CFT promedio de la banca pública es de 51%, mientras que para la privada es de 61,61% (para saldos impagos de la tarjeta de crédito).

No se encuentran comprendidos en el programa aquellos sujetos adherido al RS que perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el SIPA como trabajadores autónomos. La autoridad de aplicación podrá definir otros sujetos no comprendidos.

El artículo cuarto determina los montos máximos pasibles de obtener por cada categoría del RS: categoría “A”, máximo de $90.000, categoría “B” máximo de $120.000, y el resto de las categorías, un máximo de $150.000.

Aquellos monotributistas que hubieran accedido a estos créditos en el 2020, podrán acceder nuevamente en esta edición, pero están sujetos al cumplimiento de ciertas condiciones.  Podrán acceder sin problemas, aquellos o aquellas que no estén en mora, así como tampoco con ejecución en trámite. Si hubiera deuda del crédito previo, podrán solicitarlo y pagar la deuda anterior con el presente crédito. Pero en los casos que la entidad crediticia hubiera iniciado la ejecución o ejecutado la garantía del fondo FoGar, no se podrá acceder nuevamente al beneficio.

Como sucedió en la edición del 2020, aquellos que se vean beneficiados por este Programa, no podrán comprar dólares en el Mercado Único y Libre de Cambios, ni vender o canjear títulos valores en moneda extranjera o por otros activos externos, ni transferirlos a entidades depositarias en el exterior, mientras el préstamo no se cancele en su totalidad.  Esto evita el pase de la moneda nacional obtenida a través del préstamo a moneda extranjera o activos externos, en forma directa. El BCRA y la CNV son los órganos encargados del control del cumplimiento de dichas restricciones.

Será el Ministerio de Desarrollo Productivo la autoridad de aplicación del Programa, dictando las normas complementarias y aclaratorias. Para acceder al programa, los interesados podrán postularse utilizando el servicio que pondrá a disposición la AFIP en su sitio web. Se estima que a fines de agosto podrá solicitarse el beneficio.

Si bien aún no se ha reglamentado, las autoridades han confirmado que habrá un periodo de gracia de seis meses, y que el monto del crédito podrá devolverse hasta en 12 cuotas. Una vez aprobada la solicitud, el fondo será depositado en la tarjeta de crédito del solicitante, pudiendo efectuar gastos que se combinen con otros beneficios propiciados por la administración nacional, tales como el Ahora 12, 18, 24 o 30.

El FONDEP es quien se hará cargo del costo financiero de dichos créditos, y el FoGar (Fondo de Garantías Argentino) podrá avalar hasta el 100% de los créditos, sin exigir contragarantías.

La edición 2020 de los Créditos a Tasa Cero, según los datos oficiales publicados en datos.gob.ar, tuvo un total de 459.063 créditos otorgados entre las distintas categorías de monotributistas, que sumaron 50.801 millones de pesos.  Esto significa que, en promedio, cada monotributista obtuvo un crédito de $110.663.