La medida había sido anunciada junto con el ajuste trimestral de haberes del 15,53%, implementado el 18 de agosto por medio de la Resolución 180/2022 de la ANSES.
Se recuerda que para la actualización de septiembre se tendrán en cuenta las liquidaciones de mayo, junio y julio. Asimismo, para los ajustes de diciembre, marzo y junio se considerarán las de agosto, septiembre y octubre; noviembre, diciembre y enero; y febrero, marzo y abril, respectivamente. Cabe destacar que el refuerzo previsto para el último trimestre del año no será considerado a los fines de liquidaciones posteriores.
El refuerzo alcanzará a los y las titulares de jubilaciones de la ANSES, beneficiarios y beneficiarias de la Pensión Universal por Adulto Mayor, pensiones no contributivas por vejez e invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones graciables a cargo de la ANSES.
A continuación se detalla el monto del refuerzo de acuerdo al valor del haber:
Por último, se recuerda que para calcular el ingreso se tendrá en cuenta la suma de todas las prestaciones percibidas. Las mismas deberán estar vigentes el mismo mes en que se realice la liquidación. Para los beneficios de pensión, independientemente de la cantidad de coparticipes, se considerará un solo titular a los fines del derecho al refuerzo.