Tomando como base indicios que se sostienen desde la facturación con tarjeta de débito y crédito hasta los consumos realizados con esos elementos electrónicos, la AFIP determinó la incorrecta categorización de los mismos y procedió a corregirla.
Estos monotributistas serán notificados por medio del domicilio electrónico (e-ventanilla) que hayan declarado ante ese organismo, y podrán aceptar la medida o recurrirla dentro de los 15 días hábiles desde la notificación.
Si querés saber si fuiste recategorizado podés consultarlo aquí.