Esto quiere decir que los locales de alimentación con atención al público, las salas de teatro o cine, las estaciones de servicio y los locales de acceso público que se encuentren en territorio porteño deberán garantizar el acceso y uso libre, gratuito e incondicional de sus baños a toda persona que lo necesite, haya o no efectuado consumición.
Este proyecto de ley surgió debido a la gran cantidad de denuncias que llegaron a la Defensoría del Pueblo porteña de parte de vecinos y vecinas que aseguran no haber podido acceder al baño en locales de comida como Burger King, Wendys, Starbucks y Mostaza, entre otros, sin antes ingresar una contraseña.
Actualmente existen una considerable cantidad de establecimientos comerciales que exhiben carteles prohibiendo el uso de sus sanitarios a quienes no revistan Ia calidad de «clientes». Tal hecho afecta a quienes están obligados a realizar una consumición que no efectuarán si no debieran ingresar a los sanitarios, perjudicándose así sus intereses económicos.
Por esta razón, la iniciativa establece que la persona que sea titular o responsable de un establecimiento comercial donde se obstaculice el libre acceso y uso de las instalaciones sanitarias recibirá una sanción económica que estará entre los $4280 y $42.800. Asimismo, se impondrán multas de entre los $1070 y los $10.700 para los locales comerciales que no exhiban a la vista del público un cartel con la obligación de garantizar el libre acceso y uso de sus instalaciones sanitarias.