El monto de las cuotas de prórroga será equivalente al 70% de la prestación original, según la Resolución 576/2021 publicada este jueves 3/6/21 en el Boletín Oficial.
Las cuotas de prórroga de las prestaciones por desempleo comprendidas serán mensuales, sin poder aplicarse la modalidad de pago único prevista en el artículo 127 de la Ley N° 24.013.
También, señaló que la ANSES efectuará los cruces informáticos y demás controles a su cargo para la determinación del derecho a las prestaciones por desempleo que resulten extendidas.