Con ello se busca evitar que mutuales o cooperativas realicen descuentos a través del recibo de jubilaciones o pensiones que no hayan sido solicitados.
Inicialmente el plazo vencía el 31 de marzo, pero a través de la norma de mención, se extendió hasta el 30 de septiembre del corriente.
Quienes quieran continuar abonando un servicio de terceras entidades a través de su recibo de haberes deberán confirmarlo, ingresando a www.anses.gob.ar, sección «Accesos Rápidos», opción «Mi ANSES» (con Clave de la Seguridad Social), «Terceras Entidades», y «Reempadronamiento Mutuales». Allí, deberán señalar si tienen un descuento de mutual o cooperativa bajo los conceptos de cuota social o servicio especial.
La confirmación también puede hacerse por teléfono llamando al 130 o también personalmente sin turno en cualquier oficina de la ANSES.