Lo establece la Resolución 251/2021. Estas prestaciones son las contempladas en la Ley de Contrato de Trabajo y en la Ley de los Trabajadores comprendidos en la industria de la construcción, cuyos vencimientos ya fueron prorrogados por las resoluciones 260/228/432 y 942, todas ellas del año 2020.
Las cuotas continuarán siendo mensuales y equivalentes al 70% de la prestación original. La Anses será la encargada de cruzar los datos que determinarán el derecho extendido a las prestaciones por desempleo.