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Prohibido cobrarle honorarios o comisión al inquilino/a de vivienda

El Tribunal Supremo de Justicia porteño ratificó la constitucionalidad de la norma que rige desde 2017. El Programa de Atención de Inquilinos/as de la Defensoría del Pueblo reitera que, por la ley 5859, las inmobiliarias tienen prohibido cobrarle al inquilino/a honorarios o comisión por contratos de alquiler de vivienda en la Ciudad.

El último 2 de julio. el Tribunal Supremo de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el recurso del Colegio de Corredores Inmobiliarios y confirmó la constitucionalidad de esta norma.

Vigente desde 2017, la ley 5859 prohíbe el cobro de comisión por alquileres de vivienda, ordena qué gastos administrativos se pueden exigir para alquilar y cómo deben publicitarse las ofertas inmobiliarias.

Quienes tengan consultas, asesoramiento o denuncias de cobro ilegal de comisión pueden contactarse con el Programa de Atención de Inquilinos de lunes a viernes de 10 a 18 llamando al 0800-999-3722 o escribiendo al correo electrónico atencioninquilinos@defensoria.org.ar