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Programa REPRO II: modificaciones

El Ministerio de Trabajo decidió realizar modificaciones y adaptaciones al Programa mediante la Resolución 44/22, teniendo en cuenta la evolución de la actividad económica y de los indicadores de la situación sanitaria en el marco de la pandemia del COVID-19 y considerando especialmente las particularidades de los diversos sectores que integran la economía nacional.

En ese sentido, se estableció:

-El monto del beneficio para los Sectores afectados no críticos será del 70% de la remuneración neta (aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP) hasta un máximo de $9.000.

-Para los sectores críticos será del 70% de la remuneración neta (aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP) hasta un máximo de $22.000.

-Para el sector que atañe a la Salud será del 70% de la remuneración neta (aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP) hasta un máximo de $22.000.

Por otro lado, la Resolución 49/2022 del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, publicada en el Boletín oficial en fecha 21/01/22, extendió al mes de enero de 2022 el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos”, ampliando el período para la inscripción al Repro II desde el 24/01 al 30/01 del 2022 para los salarios devengados durante el mes de enero de 2022.