Esa cartelera deberá informar horario de la primera y última formación en servicio; el tiempo de duración del viaje entre cabeceras de cada línea; intervalo entre cada formación de cada línea; los lugares y medios para efectuar consultas y reclamos relacionados al servicio; y el estado de funcionamiento de los ascensores y plataformas elevadoras instaladas para garantizar la accesibilidad a las estaciones.
Esta iniciativa surgió luego de que en febrero de 2015 se sancionara la ley 5226 mediante la cual se dispuso la incorporación de información en vagones, boleterías, espacios y dispositivos informáticos. Si bien las nuevas plataformas y la norma mencionada respetan una clara mejora en el acceso a la información que poseen los usuarios del servicio de subte, la misma no alcanza a satisfacer la necesidad de las personas con movilidad reducida, que continúan con la incertidumbre respecto del estado de funcionamiento de los pocos mecanismos instalados para garantizarles la accesibilidad.
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