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Por los derechos ambientales y a la salud de los vecinos del Barrio Padre Carlos Mugica

La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires hizo propios los argumentos y reclamos planteados por el Defensor del Pueblo Alejandro Amor en el caso de los vecinos de ese barrio, que habían denunciado la violación de sus derechos durante el proceso reurbanización del lugar.

Los vecinos del sector “Bajo Autopista” habían solicitado la intervención de la Defensoría del Pueblo debido a las deficientes condiciones en que se encuentran las manzanas afectadas por la re-urbanización. Personal de la Defensoría recorrió el sector denunciado y observó que esas construcciones no habían sido “demolidas” sino que se encontraban en estado ruinoso, parcialmente desmanteladas, inseguras y devastadas. También se observaron cámaras sépticas desbordadas y rodeadas de residuos así como la presencia de vectores (roedores y cucarachas) dentro de los domicilios de los vecinos y en las inmediaciones. Asimismo se verificó que el estado ruinoso en que fueron dejadas varias manzanas del barrio constituía una situación de peligro para los habitantes del barrio en general y los niños en particular.

Atento a esta situación, por medio de la Resolución 1122/19, el Defensor del Pueblo recomendó a la Secretaría de Integración Social y Urbana y al Jefe de Gabinete del GCBA, entre otras cosas, que en el menor plazo posible pongan en funcionamiento un Plan de Acción de limpieza integral del sector “Bajo Autopista”, con la correspondiente remoción de escombros, chatarra y residuos, así como la puesta en marcha de un Plan de Acción para la desratización y desinsectación del referido sector y el desagote con camión atmosférico de las cámaras sépticas inundadas.

Por su parte un grupo de vecinas afectadas por la situación, presentaron una Medida Cautelar en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario 12, a cargo de Alejandra Beatriz Petrella (EXP 3005/2020-0).

En los considerandos de su reciente fallo la jueza cita extensamente la resolución del Defensor del Pueblo, en la cual se describe el estado irregular en que se encuentra el sector Bajo Autopista del barrio. A su vez, en el Fallo la doctora Petrella ordena al GCBA que en el término de 3 días presente un cronograma de acción que refleje la situación real en que se encuentra el sector e informe las medidas que implementará para recolectar los residuos, remover los escombros y en general garantizar los derechos a un ambiente sano y a la salud de los habitantes del barrio.