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Pensión no contributiva para madres de más de 7 hijos

Esa prestación no se otorga desde octubre del 2017 por falta de reglamentación, momento a partir del cual la tramitación, el otorgamiento, la liquidación y el pago del beneficio fue transferido de la Ex Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales a la Anses.

Por resolución 266/18 la Anses reglamentó el procedimiento para acceder al beneficio de la pensión no contributiva para madres de más de 7 hijos, regulada por la Ley 23.746. Su reglamentación implica la reactivación de todos los expedientes administrativos mediante los que se tramitan estas prestaciones, paralizados hace más de un año.

Se trata de una pensión mensual, inembargable y vitalicia, equivalente a un haber mínimo, dirigida a las madres de tengan siete o más hijos, de cualquier edad y estado civil.

En caso de fallecimiento de la titular, tienen derecho a cobrarla el viudo o concubino incapacitado o los hijos menores de edad o incapacitados sin límite de edad.

El acceso al beneficio resulta incompatible con el cobro de jubilaciones, pensiones, asignaciones familiares y universales, y son requisitos para su otorgamiento:

– Ser madre de siete o más hijos, incluyendo adoptados.

– Ser argentina, naturalizada con 1 año de residencia en el país o extranjera con 15 años de residencia en el país.

– No ser titular de una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen previsional.

– No poseer bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y la del grupo familiar, ni parientes obligados a prestar alimentos con capacidad económica.

Al respecto se computarán la totalidad de los ingresos del grupo familiar, los cuales no deberán superar el importe de 2 haberes previsionales mínimos.