Personal de la Conducción Ejecutiva de Derechos Urbanos de la institución recorrió el sector y constató que esas construcciones, en sentido estricto, no fueron demolidas sino que se encuentran en estado ruinoso. Se trata de viviendas parcialmente desmanteladas que permanecen en pie, inseguras y devastadas.
Para relocalizar a las familias que ya se trasladaron era necesario demoler las viviendas que quedaban vacantes. Pero también es necesario que el Estado garantice la seguridad a través de la desvinculación de los circuitos de tensión eléctrica y los ductos sanitarios, como así también los componentes estructurales cuya demolición pudiese poner en peligro la seguridad de los inmuebles adyacentes, y la inmediata y efectiva recolección de residuos y escombros junto con las tareas de limpieza e higiene del lugar.
Estas tareas fueron parcialmente realizadas y los predios afectados quedaron en malas condiciones ambientales y sanitarias. De este modo, los desmantelamientos realizados resultan una regresión en la calidad de vida de los vecinos no relocalizados.
La autoridad de aplicación de la reurbanización del barrio “Padre Carlos Mugica” (Ley 6129) es la Secretaría de Integración Social y Urbana, a la cual el Defensor del Pueblo le recomendó adoptar las medidas necesarias tendientes a prevenir riesgos que pudieran originarse en el proceso de las demoliciones e implementar en el menor plazo posible las tareas de limpieza integral, remoción de escombro, desratización y desinsectación del sector.
A su vez, también recomendó a la Ministra de Salud y al Ministro de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se elabore un Plan de Manejo Integral de Roedores, para todos los casos en los cuales se lleven a cabo grandes obras en villas y asentamientos situados en la jurisdicción.