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Para mantener el envío de las boletas de ABL y Patentes en papel y a domicilio

El Defensor del Pueblo porteño Alejandro Amor presentó un proyecto de ley en el que se propone incluir en el actual Código Fiscal local la posibilidad de que los contribuyentes que pagan esos impuestos tengan siempre “la posibilidad de optar, mediante un mecanismo ágil y sencillo, por mantener el envío de las boletas en formato papel a sus respectivos domicilios”, sin perjuicio de las medidas que se dispongan para reducir progresivamente su remisión.

Desde comienzos de este año, han sido numerosas las consultas y reclamos recibidos a raíz de la decisión adoptada por el GCBA de dejar de enviar al domicilio de los contribuyentes las boletas en papel de los tributos de ABL y Patentes y su inminente reemplazo por medios de comunicación electrónicos. En los últimos meses, además, se ha incrementado la afluencia de vecinos–en general adultos mayores- a las sedes descentralizadas de la institución que vienen a solicitar la impresión de las boletas ya que no las reciben más en papel y tampoco cuentan con el servicio de internet.

En los fundamentos de la iniciativa se señala que “si bien resulta plausible que el GCBA avance progresivamente en el uso de sistemas electrónicos para modernizar la gestión fiscal y estatal -entre otras cosas para reducir el uso de papel y contribuir al cuidado del ambiente- ello no puede hacerse de manera tal que su implementación dificulte u obstaculice el debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, sobre todo de aquellas personas y/o grupos que se encuentran en situación de vulnerabilidad relacional, ya sea por no tener acceso a internet o por no estar familiarizados con el uso de las nuevas tecnologías, o bien porque sencillamente prefieran no usarlas por razones culturales, generacionales o de seguridad, tal como pueden ser por ejemplo los adultos mayores o las personas de bajos ingresos o escasos recursos. A nuestro modo de ver, los avances tecnológicos y la implementación de comunicaciones electrónicas implican un cambio cultural que hay que ir desarrollando progresivamente pero sin vulnerar derechos”.

Por otra parte se agrega que “las boletas de los tributos locales no solo constituyen un medio de pago sino también un elemento de información para los contribuyentes” motivo por el cual, “la pretensión de digitalizar el envío de todas las boletas de los tributos empadronados, conspira contra el acceso a la información de un grupo de personas que, por diferentes motivos o circunstancias, carece del servicio de Internet o simplemente no sabe o no desea utilizarlo. Como se ha señalado, no todos los habitantes tienen acceso a Internet o disponen de una cuenta de correo electrónico, ni tampoco tienen la obligación legal de tenerla. Pero además ni siquiera aquellos que tienen acceso a estos medios tecnológicos pueden ser obligados a utilizar estas herramientas para acceder a las boletas de sus impuestos o abonar por medios electrónicos, toda vez que cada uno goza de un derecho individual a decidir cómo y de qué forma organiza el pago de sus cuentas y servicios”.

Cabe recordar que el 27 de agosto pasado el Defensor del Pueblo ya había emitido una recomendación en ese mismo sentido dirigida al director general de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).

Descargar proyecto de ley