Se tratan de un conjunto de acuerdos y recomendaciones establecidas entre el Ministerio de Educación de la Nación y las principales entidades que representan y agrupan a las instituciones de educación privada, basadas en los principios de solidaridad, compromiso, sensibilidad, responsabilidad y esfuerzo compartido. Las propuestas se realizaron para garantizar, además, la educación de los y las alumnos y alumnas:
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Los planes educativos deben cumplirse. Los colegios deben garantizar herramientas de educación a distancia y trabajo remoto.
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Congelar el valor de los aranceles y retrotraer aumentos producidos con posterioridad al 12 de marzo de 2020 cuando entró en vigencia el Decreto 260/2020.
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Se fija el criterio por el cual aquellos servicios que no se puedan prestar durante la cuarentena, deben ser bonificados: comedor, transporte, post hora o pre hora, talleres recreativos presenciales, etc.
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A solicitud de las familias, se puede acordar diferir un porcentaje del valor de las cuotas futuras a favor de quienes no puedan afrontarlo, para sostener el plan de continuidad pedagógica a efecto de cubrir pagos de sueldos y cargas sociales.
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Flexibilizar, reprogramar o extender (de acuerdo a lo que ofrezca cada institución) el vencimiento de las cuotas. Se recomendó restringir intereses por mora y suprimir multas o penalidades. Todo ello durante un plazo no menor al que dure el aislamiento.
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Los colegios no pueden impedir el acceso a los canales de educación virtual implementados por la institución a alumnos y alumnas cuyas familias estén en mora o adeuden cuotas.
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Ofrecer becas y ayudas transitorias a las familias que lo requieran.
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Las instituciones deberán analizar estructuras de costos y ahorros a los efectos de lograr, cuando sea posible, un descuento en los aranceles.
En principio, las recomendaciones rigen para los colegios secundarios, pero podrían alcanzar a establecimientos terciarios y universitarios. Hay que tener en cuenta que cada establecimiento tiene sus particularidades; hay actividades que pueden estar presentes en algunas instituciones y en otras no, por lo que hay que revisar cada caso en particular.
Estas medidas se aplican durante el tiempo que dure el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y luego de ello, por un plazo idéntico al transcurrido en tal situación (es decir, si el aislamiento dura dos meses,las medidas se extenderán por dos meses más).