560d22e60f720_1420_

Novedades respecto a beneficios de ANSES

Desde la Adjuntía de la Defensora María América González, informan sobre el los beneficios que fueron anunciados desde Anses en relación a la Asignación Familiar para monotributistas, Asignación Universal por Hijo y pago extraordinario para jubilados

MONOTRIBUTISTAS COBRARÁN ASIGNACIÓN FAMILIAR

Conforme informa Anses, se amplia la cobertura de las Asignaciones Familiares. De esta manera, los monotributistas tendrán derecho a percibir la Asignación por Hijo, Hijo con Discapacidad, Prenatal y Ayuda Escolar. Es importante mencionar que cada monotributista debe corroborar que cuenta con sus datos personales y los de su grupo familiar acreditados correctamente en la Anses.

Aquellos que no estén acreditados, deberán presentarse a una UDAI de Anses, sin turno previo, con la siguiente documentación: original y fotocopia de los DNI de ambos progenitores e hijos, partida de nacimiento original y fotocopia, constancia de CBU emitida por banco, donde consten el DNI, número de CBU y apellido y nombre del titular.

El monto de cada asignación dependerá de su categoría de monotributo. A saber:

* Categorías B a F:

Hijo y Prenatal: $966

Hijo con Discapacidad: $3150

Ayuda Escolar Anual: $808

* Categorías G:

Hijo y Prenatal: $649

Hijo con Discapacidad: $2227

Ayuda Escolar Anual: $808

* Categorías H:

Hijo y Prenatal: $390

Hijo con Discapacidad: $1404

Ayuda Escolar Anual: $808

* Categorías I:

Hijo y Prenatal: $199

Hijo con Discapacidad: $1404

Ayuda Escolar Anual: $808

* Categorías J, K y L:

Hijo con Discapacidad: $1404

Ayuda Escolar Anual: $808

ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO

La Asignación Universal hasta el momento era incompatible con la percepción de cualquier otro plan social. Desde ahora, conforme informa Anses, podrán percibir tanto la AUH como cualquiera de los otros planes.

PAGO EXTRAORDINARIO

Por Decreto 591/16 se otorga un subsidio extraordinario por única vez por un monto de $500 para los jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo, para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social, para los titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y pensiones graciables, asi como también para los beneficiarios de pensiones honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

Dicho pago será liquidado en el mes de abril del 2016, percibiéndose en el mes de mayo de 2016 y no será susceptible de descuento alguno.

Asesora :Carolina Rego