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Multan con 150 mil pesos a las inmobiliarias por cobrar de más en las comisiones de los alquileres

Lo hizo la Justicia porteña luego de que la Defensoría del Pueblo denunciara que el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA) no fiscaliza que las inmobiliarias no cobren de más en las comisiones de los contratos de alquiler, como se lo exige una medida cautelar.

Esa medida cautelar obliga al CUCICBA a dar difusión al tope legal de las comisiones inmobiliarias en los contratos de locación de inmuebles, establecido por la ley 2340 (4,15 por ciento del total del contrato), y le exige fiscalizar el cumplimiento de los límites arancelarios por parte de sus matriculados.

El 9 de agosto, la Defensoría denunció en el juzgado el incumplimiento de la manda cautelar  y acompañó el reclamo con documentación que certificaba más de 25 infracciones. En la denuncia se acreditó de forma palmaria la inobservancia de la manda judicial por parte de numerosas inmobiliarias, las que han cobrado comisiones u honorarios superiores al 4,15% del monto total del contrato, así como otros casos en los que, con el objetivo de no superar el tope impuesto por la ley, recurrieron a diversas estrategias documentales para evadir ese tope legal, como por ejemplo el desdoblamiento del pago de la comisión en dos (2) facturas distintas, entre otras.

“Una de las problemáticas más frecuentes en las grandes ciudades es la de la vivienda. En nuestra Ciudad uno de cada tres hogares es alquilado, esto incluye a más de 900 mil porteños. Por eso desde esta Defensoría del Pueblo decidimos tomar con seriedad esta problemática, abrimos una oficina de atención permanente dedicada al tema específico de Inquilinos y lanzamos la Guía Básica de Derechos de los Inquilinos, para que los vecinos puedan despejar sus dudas, sepan cómo proceder en determinadas situaciones y dónde asesorarse y/o reclamar en el caso de que sus derechos sean vulnerados”, sostuvo el Defensor del Pueblo porteño, Alejandro Amor, quien en mayo se había presentado como tercero en la causa para solicitar que se declare la nulidad absoluta de la resolución 350/2016 dictada por la demandada y se ordene a CUCICBA a implementar un plan que garantice: (i) el control efectivo del cobro de aranceles que perciben los corredores inmobiliarios y (ii) el cumplimiento estricto de la ley 3588. En el mismo mes el tribunal hizo lugar a la medida cautelar solicitada y suspendió la citada resolución y, en consecuencia, ordenó a los corredores inmobiliarios no cobrar en concepto de comisión al inquilino de un inmueble con destino a vivienda un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato.

En septiembre, la Justicia había hecho lugar a la acción de amparo colectivo para que las inmobiliarias no puedan cobrar más del 4,15 por ciento (lo que equivale a un mes) de comisión por el contrato de alquiler. “La sentencia constituyó un alivio para un gran número de inquilinos, en un contexto de constantes subas de alquileres, expensas y servicios públicos, que dificulta a las familias el acceso a la vivienda”, destacó Ramiro Dos Santos Freire, defensor en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño.

En esta ocasión, el magistrado dio por acreditado los incumplimientos reiterados de CUCICBA, quien no ejerció un adecuado control respecto de las conductas de los corredores que, de acuerdo a la ley, se encuentra obligada a ejecutar. Por ese motivo, impuso la multa.

En particular, el juez verificó que las actas de inspección realizadas por el CUCICBA fueron labradas con posterioridad a que tomara conocimiento de las denuncias de incumplimiento, que sólo acompañó actas realizadas durante 8 días de agosto y que las 138 inspecciones realizadas, sobre un universo de casi 6000 matriculados, señalan que solo relevó el 2,3 por ciento de ese universo, en casi cuatro meses de notificado de la medida cautelar.