Bandera Argentina
asbesto

Las calderas de los establecimientos educativos públicos de la CABA

El informe fue elaborado por la Dirección de Condiciones del Trabajo de la Defensoría, que relevó 61 establecimientos durante 2016 y 2017. En el 28% de los colegios visitados se detectó presencia de ese mineral o un mal funcionamiento de las calderas.

En el marco de las incumbencias de la Defensoría y con el objetivo de observar las condiciones de las calderas en los establecimientos educativos públicos de la Ciudad, presentamos el siguiente documento de trabajo, confeccionado a partir de los 61 relevamientos realizados por la Dirección de Condiciones del Trabajo, durante el año 2016 – 2017.

Las condiciones generales de las instalaciones de las calderas, los materiales utilizados como aislantes térmicos, como así también, de la documentación reglamentaria, son los puntos que hemos evaluado particularmente en los relevamientos realizados en estos establecimientos educativos públicos de la Ciudad de Buenos Aires.

Se hizo hincapié respecto a los materiales utilizados como aislantes térmicos de las calderas y las cañerías para detectar la posible presencia de asbesto en las instalaciones. Otros datos relevantes que se tuvieron en cuenta en estos equipos son: la fecha de instalación de las calderas, el mantenimiento preventivo y las condiciones generales de la sala de calderas que surgen de la Ley 19587 y normas de la Ciudad. Las normas protectoras de la salud y seguridad de los trabajadores nacen de nuestra Constitución Nacional, de su artículo 14 bis, que reconoce los derechos laborales de los trabajadores a gozar de lugares de trabajo dignos, a partir de ahí todas las normas nacionales, locales e internacionales, como el Convenio 162 de la OIT, a los fines de la prohibición del uso del asbesto, tema que nos ocupó en el presente trabajo.

Según la misma OIT, fallecen más de 100.000 trabajadores en el mundo por las enfermedades ocasionadas por la exposición al asbesto. Más de 56 países han prohibido el uso de este mineral, que es utilizado para múltiples aplicaciones, como revestimiento en las cañerías de vapor, calderas, conductos para hornos, cartón grueso, materiales para insonorizar y como aislante térmico, entre otros casos.

La República Argentina ha ratificado la posición relacionada a la prohibición del uso, fabricación y venta del asbesto en las Resoluciones del Ministerio de Salud de la Nación 823/2001 y 845/2000, y en la Ley 24051 de Residuos Peligrosos. En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires rige la Ley 1820/05 que determina la prohibición de la producción, importación, comercialización y uso de fibras de asbesto, en su variedad anfiboles o crisotilo –tóxico (fibras suspendidas en el aire, que ingresan por vía respiratoria)– vigencia a partir del 1 de enero de 2006.

No debe haber exposición al asbesto

Debemos tener en cuenta que este mineral puede ser encontrado en las instalaciones de las calderas y que el mismo puede tener impacto en la salud. La conservación de las aislaciones térmicas en las instalaciones para la calefacción de estos establecimientos educativos públicos constituye un elemento fundamental a tener en cuenta. Respecto al estado general de las instalaciones, haremos énfasis en los años de funcionamiento de las calderas y su estado verificando los puntos que están definidos en el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.

Datos generales de los relevamientos realizados

Los relevamientos fueron realizados en los años 2016 y 2017 y continúan durante 2018. Los datos del presente informe son los relevados al momento de la visita técnica a cada una de estas escuelas. Se relevaron 61 escuelas públicas de diferentes modalidades educativas en la Ciudad de Buenos Aires.

Síntesis de los datos relevados  

Total relevadas 2016/2017

61

100%

Posible asbesto para retirar (*)

10

16%

Buenas condiciones

4

7%

Instalaciones sin calderas

40

66%

Para revisar su funcionamiento (**)

7

11%

Estado inadecuado (*) y (**)

17

28%


A partir del relevamiento en los años 2016/17 de 61 escuelas, 17 (28%) establecimientos deben ser revisados ya sea para retirar por la posible presencia de asbesto, o bien verificar el correcto funcionamiento de las calderas. En el marco de la misma actuación, durante este año 2018, seguiremos trabajando para la detección de asbesto y de inadecuadas condiciones de trabajo para los trabajadores y la población educativa.

Recordamos que los datos expuestos corresponden a los relevamientos propios realizados por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires durante los años 2016 y 2017.

SIN ASBESTO – POR CONDICIONES DE TRABAJO DIGNAS

Trabajamos por la defensa de los derechos de los vecinos y de los trabajadores de la Ciudad de Buenos Aires, en este sentido, celebramos el retiro de los coches de la línea B de subterráneos de la Ciudad “de manera preventiva”, ya que según SBASE, de acuerdo a lo expresado por la empresa Metro de Madrid, en los sistemas eléctricos de estos coches se encontraría asbesto/amianto, material cancerígeno y de uso prohibido en Argentina y en España, país de donde procedían estos coches.

Sirva este ejemplo para definir políticas públicas de salud y seguridad, en relación al relevamiento y análisis previo a la adquisición y uso de equipamientos o de sistemas constructivos, evaluando el impacto en la salud de los vecinos y trabajadores de la Ciudad.

En esta misma línea, desde la Defensoría estamos trabajando para la detección y retiro de este mineral de las instalaciones de edificios públicos, en este caso, en establecimientos educativos. Por ello presentamos el siguiente informe del trabajo de campo realizado por la Defensoría.