La Defensoría presentó un proyecto para la modificación de la Ley del Programa Ciudadanía Porteña

El proyecto modifica los artículos 4 y 8 de la Ley. Esos artículos actualmente disponen que tanto para la definición de los requisitos de accesibilidad como para la determinación del monto del subsidio que el programa otorgará a cada familia se utilicen las mediciones de la línea de pobreza, indigencia y del costo de la Canasta Básica Alimentaria del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Según lo explicado por el INDEC, estos indicadores se dejaron de calcular en marzo del 2014. Paralelamente, la Dirección General de Estadística y Censos del GCBA perfiló y elaboró un sistema de canastas de consumo que reflejan las necesidades de los hogares de la Ciudad de Buenos Aires.
Por lo tanto, y a fin de resguardar el cumplimiento del objeto propuesto por la Ley 1878 al Programa Ciudadanía Porteña y su transparencia, el proyecto de modificación propuesto por la Defensoría establece que se utilice el cálculo de la Canasta Básica Alimentaria y de la Canasta Básica Total realizado por el INDEC o por la Dirección General de Estadística y Censos del Ministerio de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La modificación plantea ademas la utilización de aquella medición que resulte más beneficiosa para la población objetivo del programa, en atención a los principios Pro Homine y Pro Justitia Socialis.
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entiende que resulta necesaria la reutilización de las cifras de medición públicas para evitar la desnaturalización del programa, y atento a que en la actualidad el INDEC no está realizando las mismas, deberán utilizarse las confeccionadas por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Descargar el proyecto de ley