Bandera Argentina
Foto José Romero/ Télam

La Defensoría presentó un Proyecto de Ley Electoral para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Alejandro Amor presentó ante la Legislatura porteña una iniciativa para ampliar el derecho al voto y promover el debate de candidatos, la igualdad de género, la inclusión de la observación electoral, un registro de autoridades de mesa y la creación de un Tribunal Electoral.

El proyecto señala en sus fundamentos que -veinte años después de la sanción de la Constitución de la Ciudad- “en el distrito no existe una Ley Electoral propia, sino que se sigue utilizando el Código Electoral Nacional (anterior al año 1996); lograr una verdadera autonomía en materia electoral constituye aún una importante demanda de los porteños hacia toda la clase política”, y subraya que se trata de “poner fin a un gran vacío legislativo, existente desde hace ya mucho tiempo, que contribuye a avanzar hacia un verdadero proceso de autonomía plena”.

Durante la presentación de la iniciativa ante la Legislatura, Alejandro Amor, sostuvo que el objetivo “es poder dar respuesta a uno de los problemas esenciales en esta época: la falta de pertenencia que tiene la ciudadanía sobre las cuestiones institucionales, sobre su importancia como matriz de la democracia y la crisis que sufre el sentido de representación democrática”, y agregó: “Esta llamada “crisis de representación” está profundamente relacionada con la falta de apego de los/as ciudadanos/as a las instituciones que elige y a los partidos políticos existentes.”

Asimismo, la experiencia obtenida por esta Defensoría del Pueblo a través de las tareas de observación electoral realizadas en todos los comicios nacionales y locales desde 2009 generaron diagnósticos y recomendaciones que enriquecen este proyecto para el mejoramiento del sistema y la organización electoral del distrito. El Defensor del Pueblo, sostuvo que “nuestra intención es enriquecer el debate legislativo en pos de la elaboración de un nuevo marco legal ordenador de los procesos electorales en nuestra Ciudad, lo que garantizaría la ampliación de los derechos políticos de los ciudadanos y ciudadanas”.

Los puntos centrales del proyecto son:

  • Ciudadanos Extranjeros: incorporación de los/as ciudadanos/as extranjeros/as a participar del proceso electoral para autoridades locales.
  • Personas que se encuentran procesadas o condenadas: incorporación al padrón electoral a  los/as procesados/as que se encuentren cumpliendo prisión preventiva y los/as condenados/as, cuyas condenas sean menores a tres (3) años de prisión, que no se encuentren inhabilitados/as.
  • Voto de personas internadas en establecimientos del Sistema de Salud Mental: en el marco del reconocimiento cada vez más amplio de los derechos electorales y de la participación política, el proyecto garantiza los derechos políticos activos y la calidad de elector/a de las personas internadas en establecimientos asistenciales del Sistema de Salud Mental de la CABA.
  • Condición de ausente por desaparición forzada: inclusión en el padrón electoral de la condición de “ausente por desaparición forzada”.
  • Debate público de candidatos: regula la organización, difusión y accesibilidad de los debates de candidatos/as en la Ciudad. Con el objetivo de generar un ámbito público, neutral, democrático y republicano, propone a esta Defensoría del Pueblo como el ámbito de debate.
  • Equivalencia según género: las listas de candidatos/as a cargos electivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se presenten deberán conformarse de modo tal que contengan porcentajes equivalentes de candidatos/as de cada género.
  • Observadores/as electorales: presencia de observadores/as electorales para que puedan intervenir en los comicios que se realicen en el ámbito de la Ciudad. Las experiencias del la Dirección de Observación Electora de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad indican que contribuye a un mejor funcionamiento y desarrollo de los procesos electorales.
  • Autoridades de Mesa: el proyecto dispone la creación de un Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa. Este Registro funcionará en forma permanente y los/as postulantes deberán reunir los requisitos establecidos por la ley.
  • Tribunal Electoral: se establece la creación de un Tribunal Electoral que tendrá como responsabilidad todo lo relativo a la organización del acto eleccionario.

    La existencia del Tribunal puede otorgar una legitimidad institucional al proceso eleccionario, erigiéndose como un organismo de aplicación y control imparcial que, por medio de una promoción y publicación, puede acrecentar la legitimidad de las elecciones en la ciudadanía. Además, restringiría las posibles denuncias que los partidos políticos pudieran realizar.

  • Establecimiento de Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias.
  • Incorporación del sistema de emisión de voto con Boleta Única
  • Incorporación de nuevas tecnologías: el proyecto contiene las disposiciones generales para que se permita incluir la incorporación de nuevas tecnologías al acto electoral.