El artículo 168 determina que el Presidente y el Vicepresidente solo pueden tener una sola reelección de forma consecutiva. Con el referéndum se convocó a la ciudadana para decidir si pueden ser relegidos por dos períodos consecutivos.
La consulta en cuestión, hecha en una única boleta, mencionaba la siguiente pregunta: “¿Usted está de acuerdo con la reforma del artículo 168 de la Constitución Política del Estado para que la Presidenta o Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado puedan ser reelectas o reelectos por dos veces de manera continua?». Respecto de las respuestas, solo se pudo optar el “Si” o por el “No”.
En la Ciudad de Buenos Aires el padrón habilitado para sufragar fue de 93.322 electores, los que sufragaron en 406 mesas distribuidas en 24 escuelas todas en el ámbito de la Ciudad. Personal de la Defensoría recorrió todos los centros de votación observando las condiciones edilicias, la disposición de las mesas, que se garantizara el secreto del voto y la opinión de los jurados (autoridades de mesa) y notarios (delegados de la autoridad electoral) sobre diversos aspectos del proceso electoral.
La jornada se desarrolló con normalidad en todos los establecimientos, registrándose demora en la apertura de muchas mesas (10 de la mañana) y un número importante de mesas que no se constituyeron quedando un número importante de electores sin poder emitir el sufragio. Si bien esta situación está prevista en la legislación vigente, impidió que parte del electorado expresara su opinión en el referéndum.
La Defensoría del Pueblo agradece la predisposición de las autoridades del Órgano Electoral Plurinacional (OPE) del Estado Plurinacional de Bolivia que facilitó todos los medios a su alcance para realizar las tareas de observación electoral.