La Defensoría del Pueblo porteña registró casos en los que Edesur no cumplió con la gratuidad del servicio establecido por la normativa. En dos de ellos, por ejemplo, los usuarios recibieron por correo una nota de la empresa en la que se les informaron los beneficios que les corresponden por ser usuarios electrodependientes, y aun así en las liquidaciones subsiguientes no se les incorporó a sus facturas la leyenda «Bonificación Ley 27.351» dispuesta por la Resolución ENRE 292/2017.
Frente a estas situaciones este organismo reclamó ante la empresa Edesur y ante el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) que se rectifique la facturación de los usuarios en cuestión y se les devuelvan los períodos cobrados en exceso.
Cabe recordar que las personas electrodependientes son aquellas que necesitan suministro de energía eléctrica constante y en niveles de tensión adecuados para el funcionamiento de su equipamiento médico con el objetivo de evitar riesgos en su vida o su salud, y que la ley que establece la gratuidad del servicio para las mismas se encuentra en vigencia desde el 26 de mayo del 2017.