En 2014, por iniciativa de los legisladores Roberto Quattromano y Fernando Muñoz, se sancionó la ley 5.140 con el fin de establecer que todo producto comercializado en la ciudad que contenga purpurina o similar incluya una leyenda para que siempre sea supervisado por un mayor, incentivando a los comercios a que expongan información acerca del uso del producto.
Sin embargo, dado casos de público conocimiento que se dieron en el país luego de la sanción de esa norma acerca de menores que aspiraron el producto y tuvieron como consecuencia intoxicación, algunos seguidos de muerte, la Defensoría del Pueblo considera que es necesario volver a plantear una modificación a dicha normativa, para lograr una mayor protección de los consumidores.
Los principales términos del proyecto, elaborado por la Subsecretaría de Derechos Ciudadanos de Consumidores y Usuarios de la institución y presentado durante mayo, son la prohibición de la venta del producto purpurina a menores de 18 años, su identificación como producto tóxico en los locales comerciales y la ampliación de la prohibición a su uso en el ámbito escolar.