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La Defensoría del Pueblo insiste con el proyecto de ley de «Escuelas Libres de Asbesto/Amianto»

La iniciativa -ingresada a través del Expediente 1176/2018- plantea que se adoptarán medidas tendientes a reemplazar instalaciones, revestimientos, aislaciones y otros materiales constructivos que contengan asbesto/amianto en escuelas de gestión estatal y gestión privada, en todos sus niveles y modalidades.

La iniciativa fue presentada en 2016 pero no llegó a ser analizada por la Comisión de Educación, Ciencia, Cultura y Tecnología de la Legislatura porteña, por lo que perdió estado parlamentario. Al persistir las causas que motivaran la elaboración del proyecto, como se evidenció en la resolución 84/18 -firmada en marzo por el Defensor del Pueblo Alejandro Amor- y en otros reclamos en trámite en cuyo marco se solicitó a la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que informe el estado de avance del anunciado plan de desamiantado de establecimientos escolares -sin que a la fecha se recibiera respuesta-, la Defensoría insiste en la necesidad de su tratamiento por parte del cuerpo legislativo.

El asbesto (también llamado amianto) es un material milenario que se usa principalmente en la construcción por sus propiedades aislantes y su resistencia al calor y al fuego, entre otras características. Sin embargo, para los humanos es sumamente tóxico. Si bien en la Argentina su uso fue prohibido desde el 2003, muchas son las edificaciones que aún contienen este material clasificado como cancerígeno por la OMS; entre los que se cuentan las de numerosas escuelas públicas y privadas.

“El presente proyecto plantea que se adoptarán medidas tendientes a reemplazar instalaciones, revestimientos, aislaciones y otros materiales constructivos que contengan asbesto/amianto en escuelas de gestión estatal y gestión privada, en todos sus niveles y modalidades, para inicios del ciclo lectivo 2017”, explica la iniciativa legislativa.

Para la tarea, la Defensoría del Pueblo porteña propone que “el Ministerio de Educación deberá, a través de sus áreas técnicas, relevar las calderas, instalaciones y materiales constructivos potencialmente depositarios de asbesto/amianto en las escuelas de gestión estatal. Y deberá elaborar un cronograma para su remoción y reemplazo”.

La autoridad de aplicación será la Agencia Gubernamental de Control del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se deberá acreditar ante la misma, el cumplimiento de las normas vigentes en materia de habilitación, registro, mantenimiento y seguridad de las calderas que se hallen emplazadas en sus respectivos establecimientos”, puntualiza el proyecto impulsado por la institución que comanda Alejandro Amor.

En cuanto a las sanciones que se deberán afrontar si se inclumple con la iniciativa, ésta proyecta: “El incumplimiento de alguno de los requerimientos mencionados en la Ley, la autoridad de aplicación intimará y aplicará las multas, sanciones y demás procedimientos que correspondieran y dictará las normas complementarias que aseguren el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente”.

Para las edificaciones de los establecimientos educativos de gestión privada, el proyecto de Ley sostiene que “los propietarios de escuelas de gestión privada incorporadas a la enseñanza oficial en todos sus niveles y modalidades deberán arbitrar las medidas y acciones conducentes a fin de asegurar la remoción y reemplazo de instalaciones que contengan asbesto/amianto, de acuerdo con el procedimiento administrativo establecido por la Gerencia Operativa de Residuos Peligrosos, Patogénicos y Desechables”.

¿Qué es el asbesto?

Según explica el Instituto Nacional de Cáncer, asbesto es el nombre que se da a un grupo de minerales de origen natural que existen en el medio ambiente como manojos de fibras que pueden separarse en hilos delgados y duraderos. Estas fibras son resistentes al calor, al fuego y a las sustancias químicas y no conducen electricidad. Por estas razones, el asbesto se ha usado extensamente en muchas industrias.

Químicamente, los minerales del asbesto son compuestos de silicato, lo que significa que contienen átomos de silicio y de oxígeno en su estructura molecular.

Los minerales de asbesto se dividen en dos grupos principales: asbesto serpentina y asbesto anfibólico. El asbesto serpentina incluye el mineral crisótilo, el cual tiene fibras largas, rizadas, que se pueden entrelazar. El asbesto crisótilo es el que se ha usado mucho en aplicaciones comerciales. El asbesto anfibólico incluye la actinolita, tremolita, antofilita, crocidolita y amosita. El asbesto anfibólico tiene fibras rectas como agujas que son más quebradizas que las fibras del asbesto serpentina y tienen más limitación para poderse trabajar.

¿Qué riesgos para la salud representa la exposición al asbesto?

Es posible que la gente esté expuesta al asbesto en su trabajo, en su localidad o en sus hogares. Si los productos que contienen asbesto se sacuden, fibras pequeñas de asbesto se desprenden en el aire. Cuando se inhalan las fibras de asbesto, es posible que se alojen en los pulmones y que permanezcan ahí por mucho tiempo. Con el tiempo, las fibras pueden acumularse y causar cicatrices e inflamación, lo cual puede dificultar la respiración y llevar a serios problemas de salud.

El asbesto ha sido clasificado como un cancerígeno humano reconocido (sustancia que causa cáncer) por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos, por la Oficina de Protección Ambiental y por la Oficina Internacional para la Investigación del Cáncer. Según las investigaciones, la exposición al asbesto puede incrementar el riesgo de cáncer de pulmón y de mesotelioma (cáncer poco común del revestimiento delgado del pecho y del abdomen). Aunque es un cáncer de poca frecuencia, el mesotelioma es el tipo de cáncer asociado más comúnmente con la exposición al asbesto. Además del cáncer de pulmón y del mesotelioma, algunas investigaciones sugieren que existe una relación entre la exposición al asbesto y el cáncer colorrectal y el cáncer gastrointestinal, así como un riesgo mayor de padecer cáncer de garganta, de riñón, esófago y de vesícula biliar. Sin embargo, la evidencia no es definitiva.

La exposición al asbesto puede también aumentar el riesgo de asbestosis (enfermedad inflamatoria que afecta los pulmones y causa dificultad para respirar, tos y daño permanente al pulmón) y otros trastornos no cancerosos de la pleura y de los pulmones, incluso las placas pleurales (cambios en las membranas que rodean el pulmón), el engrosamiento de la pleura y los derrames pleurales benignos (acumulación anormal de líquido entre las capas delgadas de tejido que revisten el pulmón y la pared de la caja torácica). Aunque las placas pleurales no preceden al cáncer de pulmón, existen pruebas que sugieren que las personas con enfermedad de la pleura causada por la exposición al asbesto pueden tener un riesgo mayor de cáncer de pulmón.

Descargar proyecto de ley