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Infancias sin violencia: Guía Básica de Derechos de la Defensoría

El material fue elaborado con el propósito de defender la plena vigencia de los derechos de la niñez, en particular la protección de su integridad física, psíquica y sexual.

«Este año se celebra el 30° Aniversario de la Convención de los Derechos del Niño, que reconoce a todas las personas menores de 18 años como niños y niñas, sujetos de derechos, con capacidad progresiva, es decir, con derecho a opinar, a tener sus propias ideas y creencias, de acuerdo con su capacidad de discernimiento. Esta convención establece, también, la corresponsabilidad de los Estados, y de la sociedad entera, de garantizar el acceso a un nivel de vida adecuado y la protección contra todas las formas de violencia. En el complejo y gradual proceso de ampliación de derechos se logró también la sanción de la Ley Nacional de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 26.061, que puso fin al viejo patronato de menores y estableció la nueva institucionalidad basada en los principios de la Convención», recordó el Defensor del Pueblo Alejandro Amor. «Hacemos una valoración positiva de los avances normativos alcanzados en el paradigma de la niñez, aunque es preciso señalar que los procesos cíclicos y regresivos de las economías mundiales y regionales degradan, una vez más, la vida cotidiana de los sectores populares llevando a niveles de pobreza e indigencia a la mitad de la población infantil en nuestra sociedad. En esta particular etapa de la vida democrática, nos preocupa la profunda desigualdad social que vemos cada día, los cientos de familias en situación de calle y sin acceso a la vivienda digna. También las múltiples denuncias de malos tratos y abusos sexuales, más aún cuando los responsables son personas cercanas a su entorno familiar, a su educación y al cuidado de su salud».

Entre otros, la guía responde a interrogantes como de qué hablamos cuando hablamos de violencia contra niños, niñas y adolescentes; qué hacer ante situaciones de vulneración de derechos; qué organismos intervienen en esos casos; qué acciones se deben llevar adelante desde los ámbitos de la educación y la salud; qué es el abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes; qué hacer cuando se detecta una situación de abuso en la infancia; cuál es la importancia de la Educación Sexual Integral y lo que hay que saber acerca de la interrupción legal del embarazo.

«La Ciudad de Buenos Aires cuenta con una legislación de avanzada en materia de infancia y adolescencia. La Constitución local, en su artículo 39, adhiere a los principios de la Convención de los Derechos del Niño cuando expresa que se debe reconocer a los niños, niñas y adolescentes como sujetos activos de sus derechos, que deben ser informados, consultados y escuchados; se debe respetar su intimidad y privacidad; y el Estado debe ejecutar políticas públicas para promover la contención en el grupo familiar y la protección ante cualquier tipo de violencia», subrayó María Elena Naddeo, titular del Programa de Atención de Niñez, Adolescencia y Género de la institución. «Hasta la sanción de la Ley Nacional 26.061, en 2005, hubo una fuerte confrontación con las viejas instituciones del encierro y del tutelarismo punitivista. La Ley 114 creó el Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, con su red de Defensorías Zonales que son la primera línea de atención cuando existen derechos vulnerados de la infancia. Valoramos la existencia y el compromiso de estos equipos interdisciplinarios, pero también señalamos que, a veinte años de su puesta en marcha, es preciso dotarlos de mayores recursos de políticas sociales para que puedan dar respuestas ágiles y eficaces. La Defensoría del Pueblo atiende cotidianamente múltiples situaciones que afectan la vida de las familias de los niños, niñas y/o adolescentes; monitoreamos la red de hogares convivenciales y los distintos programas existentes en el Ministerio de Desarrollo y Hábitat de la Ciudad. A pesar del esfuerzo relevado, aún existen diseños e intervenciones que no dan respuestas integrales a las necesidades de los grupos afectados. El hacinamiento sigue siendo una cuestión a resolver en los hogares de gestión estatal, al igual que las deficiencias en la atención personalizada y en el acompañamiento a las familias ampliadas. Los dispositivos de Salud Mental, acorde a la legislación vigente, son imprescindibles en el proceso de recuperación de las víctimas de violencias, pero siguen siendo escasos y de difícil acceso. A los 20 años de la Ley 114, y a 30 años de la Convención de los Derechos del Niño, seguimos exigiendo el cumplimiento de sus principios básicos. Se debe dar prioridad presupuestaria y garantizar el fortalecimiento de los programas de niñez y adolescencia».

«El compromiso de la Defensoría del Pueblo es defender la plena vigencia de los derechos de la niñez, en particular la protección de su integridad física, psíquica y sexual, para eso ofrecemos la ayuda necesaria a las familias, a los propios niños, niñas y adolescentes y capacitaciones dirigidas a las escuelas y al sistema de salud para la detección temprana, y el acompañamiento en las denuncias que correspondan», destacó Amor. «Como organismo defensor de los derechos humanos, tenemos que profundizar en las acciones necesarias para la detección, denuncia y reparación de los derechos vulnerados de la infancia. Celebrar la Convención de los Derechos del Niño es trabajar para su pleno cumplimiento».

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