El beneficio sobre el Salario Complementario lo recibirán aquellas empresas que desarrollen alguna de las actividades incluidas en la nómina de las afectadas en forma crítica por la pandemia, y será el equivalente al 50% del salario neto, el cual corresponde al 83% de la Remuneración Bruta devengada en el mes de noviembre.
El Salario Complementario no podrá ser inferior a $20.588 (la suma equivalente al salario mínimo vital y móvil), ni superior a $ 26.764. Asimismo el pago no podrá generar que se obtenga un beneficio superior al salario neto correspondiente al mes de noviembre.