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El derecho a votar es de todos

Desde la Defensoría se efectuó una serie de recomendaciones para ciudadanos con necesidades especiales, según el tipo de discapacidad que padezcan, en el marco de las próximas elecciones del 27 de octubre.

Según la Cámara Nacional Electoral, la accesibilidad electoral debe garantizar el ejercicio del derecho al voto de todas aquellas personas que presentan alguna discapacidad o limitación que interfiera en su desplazamiento, visión, orientación o comunicación.

De esta manera, las personas ciegas o con una discapacidad permanente o transitoria que impida, restrinja o dificulte el voto pueden ser asistidas por el presidente de mesa o una persona de su elección, siempre que acredite su identidad. Las autoridades de mesa deben dejar asentada esta circunstancia en el padrón y en el acta de cierre, consignando los datos del elector y de la persona asistente. A su vez, la ley indica que ninguna persona, a excepción del presidente de mesa, podrá asistir a más de un elector.

Asimismo, está permito el acceso con perros guías al lugar de votación.

Para las personas con discapacidad auditiva, se sugiere que adviertan a las fuerzas de seguridad o a las autoridades que quizás deba comunicar sus necesidades o responder preguntas por escrito.

A las personas con discapacidad intelectual o mental se les aconseja, previo a la elección: interiorizarse sobre las listas y candidatos, definir a quién desea votar, conocer cuál es el número de lista y cómo es el corte de boleta, si es que desea votar a diferentes listas. De resultar necesario, puede pedir ayuda a conocidos, familiares o a las autoridades.

Cada establecimiento de votación debe contar con un cuarto oscuro accesible, en planta baja y cercano al ingreso. Las personas con discapacidad motora y/o con movilidad reducida que encuentren obstáculos para el acceso al establecimiento o a la mesa electoral (escaleras, ascensores descompuestos o inexistentes), pueden buscar asistencia por parte de las autoridades de los comicios. En tales casos, se debe proceder al traslado de la urna hasta la planta baja del edificio.