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El Defensor del Pueblo acompañó el reclamo de artistas que obtuvieron las becas «Familia Podestá»

Alejandro Amor recomendó a la Subsecretaria de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura del GCBA que garantice a los egresados de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático que hayan resultado acreedores de esas becas el efectivo goce del beneficio otorgado sin más demoras.

Un grupo de artistas que resultaron acreedores de las becas “Familia Podestá” (Ordenanza 47.335/MCBA/93) por haber obtenido las más altas calificaciones en las carreras de “Formación del actor/actriz” y “Dirección y puesta en escena” de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático dependiente del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, iniciaron en la Defensoría del Pueblo un reclamo a raíz de la significativa demora por parte de esa dependencia en cumplir con el beneficio que les fuera otrogado conforme a la normativa vigente.

En noviembre de 1993, el ex Concejo Deliberante de esta Ciudad sancionó la Ordenanza 47.335/MCBA/93 (Boletín Municipal 19.936 del 21 de diciembre de 1994) que en su artículo 1º establece: “Créanse tres (3) becas denominadas ‘Familia Podestá’ en los rubros: Actor, Actriz y Director, para egresados de la Escuela Municipal de Arte Dramático que obtuvieran las más altas calificaciones en los Cursos de Formación del Actor y Puesta en Escena.”; y en su art. 2º dispone que “Las becas ‘Familia Podestá’, consistirán en la integración por parte de los becarios al elenco del Teatro General San Martín durante un año lectivo con una remuneración similar a la fijada por el mencionado Teatro”.

La Dirección de Educación, Ciencia, Cultura y Tecnología dependiente de la Subsecretaría de Derechos Sociales de la Defensoría analizó el reclamo de los/as artistas, y observó que desde 2013 las propias autoridades de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático han venido acompañando -sin respuesta favorable a la fecha por parte de las instancias superiores del Ministerio de Cultura- el reclamo de los beneficiarios de las mencionadas becas.

Por tal motivo, la Defensoría del Pueblo solicitó informes al Ministerio de Cultura de la Ciudad con relación al motivo de la demora en cumplir con lo establecido en la Ordenanza 47.335/93 y las medidas y acciones dispuestas a fin de garantizar a los acreedores de las becas “Familia Podestá” el beneficio que les fue otorgado y evitar futuras dilaciones.

En respuesta, el Director General de Producción Artística del Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires informó que “…mediante los actuados EX-2017-07754168-MGEY-CTBA tramita la solicitud de Dictamen Jurídico propiciada por este organismo a fin de que la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tenga a bien expedirse respecto del temperamento a adoptar en cuanto a la vigencia y/u operatividad de la Ordenanza 47.335/93, teniendo en consideración el estado actual de situación de este Complejo Teatral, la inexistencia de un elenco estable y la política cultural desarrollada”.

Atento lo planteado, la Defensoría del Pueblo reivindica la vigencia de la Ordenanza 47.335/MCBA/93, por lo que considera que sin más trámite debe garantizarse a quienes resultaron acreedores/as de las becas “Familia Podestá” el beneficio que les fuera otorgado.

En consecuencia, el Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alejandro Amor, dictó la Resolución 938/17 por la que recomendó a la subsecretaria de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, señora Viviana Cantoni, que arbitre las medidas y acciones tendientes a garantizar a los/as egresados/as de la Escuela Metropolitana de Arte Dramático que hayan resultado acreedores/as de las becas “Familia Podestá”, el efectivo goce del beneficio que les ha sido otorgado, y adopte los recaudos a fin de evitar que en el futuro se registren demoras como las observadas.