El 25 de noviembre de 1960 las hermanas Mirabal (Patria, Minerva y María Teresa) fueron asesinadas en la Republica Dominicana por la dictadura de Rafael Trujillo. En su homenaje, esa jornada fue declarada Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer en el Primer Encuentro Feminista de Latinoamérica y del Caribe celebrado en Bogotá (Colombia) en julio de 1981. Años más tarde, en 1999, Naciones Unidas lo convirtió en conmemoración oficial.
El objetivo es denunciar la violencia ejercida sobre las mujeres en todo el mundo y exigir la implementación de políticas públicas para prevenirla y erradicarla.
Es por ello que la Defensoría del Pueblo considera importante esta fecha para difundir información útil y necesaria al respecto.
¿Qué es la violencia de género?
El artículo 4 de la Ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres define los tipos y modalidades de violencias: “Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal (…)”.
Nada justifica el ejercicio de violencia y ninguna mujer debe sentirse culpable por ser víctima de violencia. Si sos mujer y sufrís cualquier tipo de violencia o corres peligro de sufrirla, tenés derecho a pedir ayuda y protección.
¿Qué tipos de violencia existen?
La violencia contra las mujeres puede ejercerse de distintas maneras. La ley te protege en todos los casos.
Violencia Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física.
Violencia Psicológica: La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación.
Violencia Sexual: Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.
Violencia Económica y Patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de: a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales; c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
Violencia Simbólica: La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
¿En qué ámbitos ocurre la violencia contra las mujeres?
Puede ocurrir en cualquier espacio público o privado. La ley 26485 define también las modalidades en que se ejerce estas violencias:
Violencia doméstica: es la ejercida por un integrante de su grupo familiar –en la mayoría de los casos, la pareja o expareja–, independientemente del espacio físico. El término pareja incluye el/la novio/a, el/la conviviente, el exmarido, etc.
Violencia institucional: es la ejercida por los/as funcionarios/as, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que buscan obstaculizar o impedir que las mujeres accedan a políticas públicas y ejerzan sus derechos.
Violencia laboral: es la discriminación contra las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados que obstaculiza su acceso, ascenso o permanencia en el empleo.
Violencia contra la libertad reproductiva: es la que vulnera el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente cuántos embarazos quieren tener o cuánto tiempo quieren esperar para tener más hijos/as.
Violencia obstétrica: es la que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres.
Violencia mediática: es la publicación o difusión de mensajes e imágenes que denigran a las mujeres y atentan contra su dignidad, en cualquier medio masivo de comunicación.
Violencia contra las mujeres en el espacio público (comúnmente conocida como acoso callejero): es aquella ejercida en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo.
Violencia política: es la acción que tiene por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de sus derechos políticos tanto en el ámbito privado como en el ámbito público, incluyendo a los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones sociales y las organizaciones estudiantiles.
Micromachismos: son maniobras sutiles, y muchas veces imperceptibles, de ejercicio del poder en lo cotidiano, que atentan en diversos grados contra la autonomía y el empoderamiento de las mujeres. Por ejemplo, decirte que no hagas ciertas cosas o excluirte de la posibilidad de hacerlas porque sos mujer.
¿Qué hacer si sufrís alguna violencia?
Aquí te brindamos un listado de teléfonos y lugares donde podés acudir para denunciarla:
-La línea 137 actúa en la emergencia cuando se está produciendo la violencia.
-La línea 144 asesora y deriva a los servicios de todo el país y de la Ciudad de Buenos Aires. El Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación también puso a disposición los números de WhatsApp 11-2771-6463, 11-2775-9045 y 11-2775-9048 y el correo-e linea144@mingenero.gob.ar.
-La línea 145 interviene en casos de trata y explotación sexual y laboral.
-La Oficina de Violencia Doméstica (OVD) funciona en Lavalle 1250 y sus teléfonos son 4370-4600 y 4123- 4510 al 4514 (las 24 horas).
-Fiscalías de la Ciudad de Buenos Aires: podés llamar al 0800 33 347225 o escribir a mpfciudad.gob.ar o a denuncias@fiscalias.gob.ar.
También podés pedir ayuda en las oficinas de atención a víctimas de violencia de género de la Defensoría General de la Nación, en los Centros Integrales de la Mujer y en el Centros de Acceso a Justicia más próximo a tu domicilio. Encontrá toda la información aquí.
Si estás herida o sufriste una violación, acércate a un hospital para que te brinden atención, den fe del hecho y hagan la denuncia pertinente. Allí un grupo de profesionales puede asesorarte según tu caso concreto.
¿Cómo puede ayudarme la Defensoría del Pueblo?
La Defensoría del Pueblo brinda asesoramiento y orientación en todas las situaciones de violencia de género y tramita la inclusión en programas de ayuda social, educativa, económica, habitacional a los cuales resulte difícil acceder por la vía administrativa habitual.
Asimismo, brinda acompañamiento en la continuidad de las denuncias y los eventuales y numerosos obstáculos a afrontar y superar. Ofrece espacio de capacitación en igualdad de género y prevención de las violencias, tanto en la sede de la Defensoría como en escuelas y otras instituciones que convoquen al efecto.
El Programa de Atención de Niñez, Adolescencia y Género de la institución atiende a través del 0800-999-3722. También podés contactarnos a través de los siguientes canales:
-Por correo electrónico, escribiendo a consultas@defensoria.org.ar.
-Ingresando al Portal del Vecino, en defensoria.org.ar.
-A través de las redes sociales: buscanos en Facebook, Twitter e Instagram como @defensoriacaba.
-También podés comunicarte con la Defensoría del Pueblo para situaciones de violencia de género a través de WhatsApp: llamanos o escribinos al 113 6751 066.