La normativa establece que: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”. Grooming es el delito por el cual un adulto intenta ganarse la confianza de un menor de edad para someterlo sexualmente a través de la utilización de cualquier dispositivo tecnológico.
La palabra grooming deriva del verbo inglés groom, que se refiere a conductas de “acercamiento o preparación para un fin determinado”. Para el Centro de Protección de Datos Personales (CPDP) de la Defensoría, el desarrollo de las nuevas tecnologías genera otras formas de interacción que requieren de un trabajo preventivo y de reflexión sobre qué hacer con nuestros datos en el entorno virtual.
A raíz de que la protección de la privacidad y la responsabilidad de los usuarios de las redes sociales es de vital importancia, el CPDP desarrolla el programa “Taller Conectate Seguro”, que organiza encuentros en escuelas primarias y secundarias destinadas a alumnos/as para promover un espacio de intercambio y análisis orientado a la promoción de derechos y al uso cuidado y responsable de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) , haciendo foco en la prevención de situaciones de riesgo.
A través de su Observatorio de Derechos en Internet (ODEI), se promueve la investigación y el monitoreo del ejercicio de los derechos humanos en el entorno digital; la incidencia en políticas públicas sobre derechos humanos, tecnología e Internet y la promoción del uso responsable de las TICs.
Por otra parte, El Centro de Protección de Datos Personales realiza una campaña de difusión y concientización debido al incremento de los casos de violencia contra la mujer, con el propósito de contribuir a prevenir y erradicar las conductas nocivas que producen daños profundos en la sociedad.