El escrito fue presentado ante Consejo de la Magistratura de la Nación, en referencia a la sentencia dictada el 24 de septiembre, en los autos N° 63642/17, en el marco de una causa en la que estos magistrados juzgaban los abusos de un hombre contra su hermana menor de edad, desde sus 5 años.
Producto de las recurrentes violaciones, la adolescente quedó embarazada a los 14 y decidió interrumpir la gestación, amparada en las excepciones contempladas en el articulo 86 del Código Penal. Por fuera de su comptencia y del decisorio relacionado con el caso sometido a su consideración, los jueces analizaron en un apartado especial la actuación de quienes practicaron la interrupción legal y consentida del embarazo así como la de todos los funcionarios que intervinieron. Según afirmaron, todos ellos cometieron un delito.
De acuerdo a lo que se desprende del fallo, Anzoátegui y Rizzi desconocieron la legalidad del derecho al aborto de una víctima de violación y la de la prestación sanitaria que el Estado, a través de profesionales de la salud pública, estableció para estos casos, según la normativa nacional vigente y los compromisos internacionales suscriptos.
Asimismo, la sentencia se opone al llamado “F.A.L.” de Corte Suprema de la Nación y a los protocolos de actuación ante casos de aborto, a los que denominan “manuales de salvajadas”. En la misma línea, se refiere a los profesionales intervinientes como “asesinos a sueldo” y llama a “que se investigue la posible comisión del delito de homicidio”, en referencia al producto de la gestación legalmente interrumpida.
La presentación realizada por la Defensoría se suma a otras que ya fueron promovidas por distintos organismos de defensa de derechos humanos y de las mujeres, en las cuales se subrayan estas mismas causales para solicitar el enjuiciamiento de los magistrados.