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Creación del Programa “PRÁCTICA”

Este miércoles se reguló la creación del Programa PRÁCTICA (Primera Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral).

El objetivo de dicho programa es capacitar y ampliar las posibilidades de inserción laboral de las personas jóvenes en situación de desempleo.

La propuesta consiste en brindar a las personas que respondan a los perfiles que se definan en cada convocatoria, un empleo temporario en el marco de las políticas culturales que despliega el Ministerio de Cultura de la Nación, y poner a su disposición una oferta de capacitación gratuita.

La finalidad es generar oportunidades de inclusión social que les permitan transitar una experiencia temporaria en el sector público, identificar su perfil de trayectoria laboral y capacitarse para ampliar sus oportunidades de trabajo futuras.

Las personas participantes serán contratadas dentro de las disposiciones de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional, de manera tal que se les garantice el derecho a percibir aportes, contribuciones previsionales y sueldo anual complementario. La contratación será a término y no renovable.

Podrán participar en el Programa las personas de entre 18 y 30 años, que hayan completado el nivel secundario de educación formal obligatoria, aunque adeuden materias, que se encuentren en situación de desempleo y que residan preferentemente en localidades próximas a las sedes donde prestarán servicios.

Las personas que se incorporen al Programa percibirán una remuneración y prestaciones acordes a su perfil.

La participación en el Programa será incompatible con:
● Otra relación de empleo, estable o temporal.
● Ingresos económicos regulares por una actividad independiente.
● Prestaciones contributivas por desempleo (pero puede renunciarse a las mismas para ingresar).
● Prestaciones previsionales o pensiones no contributivas (salvo discapacidad).
● Prestaciones por seguros de capacitación y empleo, u otros programas de empleo o formación profesional.

Sin embargo, quienes obtengan un empleo formal durante su participación en el Programa, podrán continuar con las actividades de capacitación hasta completar el circuito formativo iniciado.

Lo informado se encuentra regulado en la Resolución Conjunta 4/2021, del Ministerio de Cultura y Secretaría de Gestión y Empleo Público, publicada en el Boletín Oficial el 26/05/2021.