Tras la sanción en diciembre del año pasado por parte de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires de la Ley 5464, que crea el Consejo de la Propiedad Horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y luego de que el Ejecutivo porteño presentara ayer un proyecto de ley que modifica los artículos 9,10,11,13 y 14 de esa norma, la Defensoría del Pueblo ratifica la necesidad de que esta legislación contenga las siguientes definiciones puntuales:
1- Que el registro de las administraciones no implique el incremento de las expensas, que deben ser definidas solamente con los costos propios de los edificios y no con cargas distintas o ajenas a lo que sucede en ese inmueble. Hay que defender el bolsillo de los vecinos.
2- El registro de las administraciones tiene que ser público, claro y transparente. En él deben constar las características y antecedentes de cada una de las administradoras. Y, fundamentalmente, se debe incorporar la posibilidad de que los vecinos que están en los consorcios opinen y califiquen a las administradoras como antecedentes para ser considerados por quienes deseen contratar sus servicios en el futuro.
3- Las administraciones tienen que estar definidas de forma clara y transparente. Actualmente existen diferentes situaciones en torno a ellas: hay administraciones de consorcios privadas, consorcios administrados por los vecinos y, por último, empresas que se reservan más de la mitad de los inmuebles en alquiler y que imponen condiciones al resto de los vecinos. Esto genera, en muchos casos, que se altere el valor de las expensas o que se incorporen expensas extraordinarias a quienes son inquilinos. Esta situación también debe estar en el centro del debate porque, una vez más, debe protegerse el bolsillo de los vecinos.
4- Representación y cargos no remunerados. Las representaciones deben ser proporcionales, sin estigmatizar a los trabajadores que tienen una actividad central en todos los edificios, con respeto a los propietarios y fundamentalmente con la presencia del Estado. La Defensoría del Pueblo sostiene y reafirma la necesidad de que los cargos no sean remunerados, debido a que quienes van en representación de la Defensoría ya cobran un sueldo en el organismo, y lo mismo sucede con quienes representan al Gobierno de la Ciudad. Es imperioso que esto tampoco impacte en el bolsillo de los vecinos.
Entre todos debemos controlar a las administraciones de los consorcios y las liquidaciones de las expensas. Cada vecino debe revisar permanentemente lo que abona para que ese monto se rija exclusivamente por lo que corresponde a las prestaciones de su edificio.
Alejandro Amor
Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires