¿La IVE es legal en nuestro país?
Sí. La ley 27610 regula su acceso y cumple con los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de Salud Pública y Derechos Humanos de las mujeres, adolescentes y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar.
Está vigente en todo el territorio nacional y no requiere de adhesiones provinciales ni reglamentaciones para su vigencia.
¿Qué garantiza la ley?
El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana catorce (14) inclusive del proceso gestacional.
El derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo a partir de la semana quince (15) del proceso gestacional cuando:
-El embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de menores de 13 años de edad la declaración jurada no será requerida.
-Si estuviere en peligro la vida o salud de la persona gestante.
¿Dónde se puede acceder a la IVE?
La ley incluye a los servicios públicos de salud, a las obras sociales nacionales y provinciales y a las empresas y entidades de medicina prepaga.
¿Qué hacer si hay obstáculos o problemas para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo?
Para información y consultas o ante inconvenientes, negativas u obstáculos podés comunicarte con el Ministerio de Salud de la Nación, llamando al 0800-222-3444, o con el Programa de Niñez, Adolescencia y Género de la Defensoría del Pueblo porteña, llamando al 0800-999-3722 o enviando un correo electrónico a genero@defensoria.org.ar.
Descargar texto completo de la Ley 27610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo